Disposiciones generales. . (2024/81-1)
Orden de 1 de abril de 2024, por la que se convocan subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero, para 2024.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Viernes, 26 de abril de 2024
página 43665/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL
Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Orden de 1 de abril de 2024, por la que se convocan subvenciones a entidades
sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a
atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de
personas andaluzas residentes en el extranjero, para 2024.
Mediante Orden de 2 de junio de 2021, se aprueban las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia
competitiva, destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema
necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero (BOJA número 109, de 9
de junio de 2021).
En su virtud, y en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 115.1 del Texto
Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado
mediante Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y en el artículo 46.4 de la Ley
6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
DISPONGO
Primero. Convocatoria.
1. Se aprueba la convocatoria, para el ejercicio 2024, de las subvenciones a entidades
sin ánimo de lucro, conforme a lo previsto en la Orden de 2 de junio de 2021, por la
que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades
sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a atender
necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas andaluzas
residentes en el extranjero
2. Se aprueban y publican a efectos informativos, los siguientes formularios:
- Anexo I: Solicitud de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro destinadas a
atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas
andaluzas residentes en el extranjero.
- Anexo II: Alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos.
Los formularios se encuentran asimismo disponibles en el Catálogo de Procedimientos
y Servicios de la Junta de Andalucía, en la siguiente dirección:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24688.html
3. La presente convocatoria se regirá por la Orden de 2 de junio de 2021, por la que
se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de
concurrencia competitiva destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones
de extrema necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero
Tercero. Financiación.
1. La financiación de estas ayudas se realizará con cargo a la partida presupuestaria
0100.01.0000 G/82A/487.02 del presupuesto del ejercicio 2024 y a sus vinculantes,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00300615
Segundo. Periodo de realización de actividades.
Las actividades de esta convocatoria para las que se puede solicitar subvención
deben realizarse o haberse realizado en el periodo comprendido entre el 1 de enero de
2024 y el 31 de diciembre de 2024.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Viernes, 26 de abril de 2024
página 43665/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL
Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Orden de 1 de abril de 2024, por la que se convocan subvenciones a entidades
sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a
atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de
personas andaluzas residentes en el extranjero, para 2024.
Mediante Orden de 2 de junio de 2021, se aprueban las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia
competitiva, destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema
necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero (BOJA número 109, de 9
de junio de 2021).
En su virtud, y en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 115.1 del Texto
Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado
mediante Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y en el artículo 46.4 de la Ley
6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
DISPONGO
Primero. Convocatoria.
1. Se aprueba la convocatoria, para el ejercicio 2024, de las subvenciones a entidades
sin ánimo de lucro, conforme a lo previsto en la Orden de 2 de junio de 2021, por la
que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades
sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a atender
necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas andaluzas
residentes en el extranjero
2. Se aprueban y publican a efectos informativos, los siguientes formularios:
- Anexo I: Solicitud de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro destinadas a
atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas
andaluzas residentes en el extranjero.
- Anexo II: Alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos.
Los formularios se encuentran asimismo disponibles en el Catálogo de Procedimientos
y Servicios de la Junta de Andalucía, en la siguiente dirección:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24688.html
3. La presente convocatoria se regirá por la Orden de 2 de junio de 2021, por la que
se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de
concurrencia competitiva destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones
de extrema necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero
Tercero. Financiación.
1. La financiación de estas ayudas se realizará con cargo a la partida presupuestaria
0100.01.0000 G/82A/487.02 del presupuesto del ejercicio 2024 y a sus vinculantes,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00300615
Segundo. Periodo de realización de actividades.
Las actividades de esta convocatoria para las que se puede solicitar subvención
deben realizarse o haberse realizado en el periodo comprendido entre el 1 de enero de
2024 y el 31 de diciembre de 2024.