Disposiciones generales. . (2024/81-1)
Orden de 1 de abril de 2024, por la que se convocan subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero, para 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Viernes, 26 de abril de 2024

página 43665/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL
Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Orden de 1 de abril de 2024, por la que se convocan subvenciones a entidades
sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a
atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de
personas andaluzas residentes en el extranjero, para 2024.
Mediante Orden de 2 de junio de 2021, se aprueban las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia
competitiva, destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema
necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero (BOJA número 109, de 9
de junio de 2021).
En su virtud, y en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 115.1 del Texto
Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado
mediante Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y en el artículo 46.4 de la Ley
6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
DISPONGO
Primero. Convocatoria.
1. Se aprueba la convocatoria, para el ejercicio 2024, de las subvenciones a entidades
sin ánimo de lucro, conforme a lo previsto en la Orden de 2 de junio de 2021, por la
que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades
sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a atender
necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas andaluzas
residentes en el extranjero
2. Se aprueban y publican a efectos informativos, los siguientes formularios:
- Anexo I: Solicitud de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro destinadas a
atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas
andaluzas residentes en el extranjero.
- Anexo II: Alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos.
Los formularios se encuentran asimismo disponibles en el Catálogo de Procedimientos
y Servicios de la Junta de Andalucía, en la siguiente dirección:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24688.html
3. La presente convocatoria se regirá por la Orden de 2 de junio de 2021, por la que
se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de
concurrencia competitiva destinadas a atender necesidades asistenciales y situaciones
de extrema necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero

Tercero. Financiación.
1. La financiación de estas ayudas se realizará con cargo a la partida presupuestaria
0100.01.0000 G/82A/487.02 del presupuesto del ejercicio 2024 y a sus vinculantes,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00300615

Segundo. Periodo de realización de actividades.
Las actividades de esta convocatoria para las que se puede solicitar subvención
deben realizarse o haberse realizado en el periodo comprendido entre el 1 de enero de
2024 y el 31 de diciembre de 2024.