5. Anuncios. . (2024/81-77)
Anuncio de 16 de abril de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Huelva, relativa al acuerdo de aprobación definitiva de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Huelva, relativa al Plan General de Ordenación Urbana del término municipal de Bollullos Par del Condado.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Viernes, 26 de abril de 2024

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en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, con el Decreto del Presidente
10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto
del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, con el Decreto 160/2022, de 9 de agosto, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Articulación del
Territorio y Vivienda y con el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula
la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
ANTECEDENTES DE HECHO

Segundo. La tramitación administrativa seguida en el expediente ha sido la siguiente:
El «Plan General de Ordenación Urbana del término municipal de Bollullos Par del
Condado» fue objeto del trámite de consultas públicas previas establecido en el art. 133.1
de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, con publicación en el tablón de anuncios virtual del Ayuntamiento, según consta
en certificado de la Secretaria Municipal de fecha 07/08/23 que transcribe literalmente el
certificado del responsable de la Oficina de Registro del Ayuntamiento. Este trámite no ha
tenido alegaciones.
El «Plan General de Ordenación Urbana del término municipal de Bollullos Par del
Condado» consta de una fase de avance en la que el documento técnico fue aprobado por
el Pleno del Ayuntamiento de Bollullos Par del Condado el día 06/04/21, según certificado
de la Secretaría Municipal, previa emisión de informe técnico de fecha 31/03/21 e informe
jurídico de fecha 05/04/21. En el BOP núm. 73, del día 20/04/21, y en el periódico «Huelva
Información» de fecha 19/04/21, así como en la sede electrónica del Ayuntamiento se le
dió publicidad a esta fase de tramitación del instrumento de planeamiento. El documento
de avance que contiene el «Plan General de Ordenación Urbana del término municipal
de Bollullos Par del Condado» fue objeto de 9 sugerencias ciudadanas, según consta en
el informe del responsable de la Oficina de Registro del Ayuntamiento y que se transcribe
en certificado emitido por la Secretaria Municipal el 07/08/23 y corregido en certificado de
fecha 06/11/23. A dichas sugerencias se le procedió a dar respuesta mediante informe de
fecha 17/11/21 del que se da cuenta al Pleno del Ayuntamiento mediante sesión celebrada
el 17/12/21 y cuyos informes técnico y jurídico previos son de fecha 09 y 13/12/21.
Con fecha 17/12/21, el Pleno del Ayuntamiento acuerda la formulación del “Plan
General de Ordenación Urbana del término municipal de Bollullos Par del Condado”,
siendo objeto de publicación en el tablón de anuncios virtual del Ayuntamiento durante
30 días, en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva núm. 246, de 28/12/21, y en el
periódico «Huelva Información» del día 23/12/21.
El «Plan General de Ordenación Urbana del término municipal de Bollullos Par del
Condado» fue aprobado inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento con fecha 28/12/21,
previa emisión de informe jurídico de fecha 20/12/21 e informe técnico de fecha 10/12/21.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00300381

Primero. Los días 05/10 y 17/11/23 tiene entrada en el registro de esta Delegación
Territorial documentación relativa al expediente municipal del «Plan General de
Ordenación Urbana del término municipal de Bollullos Par del Condado». Mediante
escrito de esta Delegación Territorial de fecha 27/11/23 se realiza requerimiento de
documentación que es aportada por el Ayuntamiento con fecha 07, 11, 14 y 15/12/23.
Así, con fecha 15/12/23, se considera que el Ayuntamiento ha remitido el expediente
completo hasta su aprobación provisional, comenzando a computar el plazo que la
CTOTU tiene para resolver, de acuerdo con el art. 32.4 de la LOUA.
El expediente está compuesto por documentación administrativa con el procedimiento
de tramitación municipal y documento técnico del instrumento de planeamiento, a los
efectos que se pronuncie la CTOTU, en virtud de las competencias que tiene atribuidas
por la legislación vigente sobre su aprobación definitiva.