Disposiciones generales. . (2024/80-1)
Resolución de 18 de abril de 2024, de Dirección General de Atención Sociosanitaria, Salud Mental y Adicciones, por la que se convoca para el ejercicio 2024, la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a entidades locales para el mantenimiento de la red de centros de atención a las adicciones.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 80 - Jueves, 25 de abril de 2024

página 43574/5

de Evaluación de la Dirección General de Atención Sociosanitaria, Salud Mental y
Adicciones de la Consejería de Salud y Consumo.
Decimocuarto. Devolución a iniciativa del perceptor.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 124.quater del Texto Refundido de la Ley
General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, las entidades beneficiarias podrán
realizar la devolución voluntaria del ingreso recibido, debiendo para ello comunicarlo al
órgano gestor de la subvención, través del Registro Electrónico Único de la Junta de
Andalucía, a fín de que por el órgano gestor se confeccione la correspondiente carta de
pago con la que podrán dirigirse a una entidad bancaria para realizar la citada devolución.
La carta de pago que se emita se corresponderá con una liquidación provisional hasta la
liquidación de los intereses de demora y la obtención del oportuno documento de pago y
pago efectivo de la cantidad que resulte, tras el cual se dictará la resolución definitiva del
procedimiento de devolución voluntaria de la subvención percibida.
Conforme al apartado 2 del citado artículo 124.quáter, la entidad beneficiaria, con
anterioridad al inicio del procedimiento de reintegro, podrá presentar solicitud de compensación
con reconocimiento de deuda o el aplazamiento y fraccionamiento de la misma.
Decimoquinto. Efectos.
La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de la publicación
del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 18 de abril de 2024.- La Consejera de Salud y Consumo, por delegación de
competencias (D.A. 1.ª Orden de 15.7.2020. BOJA núm. 140, de 22.7.2020); la Directora
General, Trinidad Rus Molina.
A NE XO
Línea: S
 ubvenciones dirigidas a entidades locales para el mantenimiento de la Red de Centros
de Atención a las Adicciones.
Según se establece en el apartado 4.a) 1.º del cuadro resumen de las bases
reguladoras de esta línea: Diputaciones Provinciales, Ayuntamientos y sus
Agencias Administrativas Locales u Organismos Autónomos del ámbito de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.

OBJETO

El mantenimiento de Centros de las Entidades Locales u Organismos
Autónomos dedicados al ámbito de las adicciones, mediante el sostenimiento
de la actividad ordinaria de los mismos, a través de la financiación de los
gastos de personal y generales de funcionamiento vinculados a tal fin,
conforme a lo previsto en el apartado 5.b).1.º del cuadro resumen de las
bases reguladoras de esta Línea.

IMPORTE DE LA
SUBVENCIÓN

El importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación,
pudiendo alcanzar hasta el 90% del presupuesto aceptado, en los términos
previstos en el apartado 5.a) del cuadro resumen de las bases reguladoras
de esta Línea. Con una cuantía máxima de la subvención de 2.100.000 euros
para Diputaciones Provinciales y/o sus Agencias Administrativas Locales u
Organismos Autónomos y de 400.000 euros para Ayuntamientos y/o sus
Agencias Administrativas Locales u Organismos Autónomos.

00300524

PERSONAS
BENEFICIARIAS

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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