Disposiciones generales. . (2024/80-1)
Resolución de 18 de abril de 2024, de Dirección General de Atención Sociosanitaria, Salud Mental y Adicciones, por la que se convoca para el ejercicio 2024, la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a entidades locales para el mantenimiento de la red de centros de atención a las adicciones.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 80 - Jueves, 25 de abril de 2024

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1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 18 de abril de 2024, de Dirección General de Atención
Sociosanitaria, Salud Mental y Adicciones, por la que se convoca para el
ejercicio 2024, la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no
competitiva, dirigidas a entidades locales para el mantenimiento de la red de
centros de atención a las adicciones.
Mediante Orden de 15 de julio de 2020 (BOJA núm. 140, de 22 de julio de 2020), se
aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de
concurrencia no competitiva, dirigidas a entidades locales para el mantenimiento de la
Red de Centros de atención a las adicciones en el ámbito de las competencias de la
Consejería de Salud y Familias, hoy de Salud y Consumo.
En el marco de la referida Orden se determina la línea concreta de estas subvenciones
que van dirigidas a las Diputaciones Provinciales, Ayuntamientos y sus Agencias
Administrativas Locales u Organismos Autónomos en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, para el mantenimiento de los Centros de Atención a las adicciones.
La finalidad de estas subvenciones es la de financiar el mantenimiento de los centros
de las entidades locales dedicados al ámbito de las adicciones, mediante el sostenimiento
de la actividad ordinaria de los mismos, a través de la financiación de los gastos de
personal y generales de funcionamiento vinculados a tal fin.
La financiación de estas subvenciones se hace con cargo al presupuesto de la
Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía, participando en la misma la
Administración General del Estado en un 8,99%.
En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional primera
de la Orden de 15 de julio de 2020 de esta Consejería, por la que se aprueban las
bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no
competitiva dirigidas a entidades locales para el mantenimiento de la Red de Centros
de Atención a las Adicciones, en el ámbito de las competencias de la Consejería
de Salud y Consumo, que delega en la persona titular de la Dirección General de
Atención Sociosanitaria, Salud Mental y Adicciones, la competencia para convocar las
subvenciones reguladas en la citada Orden de 15 de julio de 2020,
RESU ELV E
Primero. Convocatoria y limitaciones presupuestarias.
1. Convocar para el ejercicio 2024, en la modalidad de concesión en régimen de
concurrencia no competitiva, subvenciones para el mantenimiento de los Centros de
Atención a las Adicciones de las Diputaciones Provinciales, Ayuntamientos y sus Agencias
Administrativas Locales u Organismos Autónomos que pertenezcan a la Comunidad
Autónoma de Andalucía, a través de la financiación de los gastos de personal y generales
de funcionamiento vinculados a tal fin, en la cuantía máxima que a continuación se
especifica y con cargo al crédito presupuestario que igualmente se indica.

Subvenciones a entidades
locales para el mantenimiento
de la Red de Centros de
Atención a las Adicciones.

Partidas presupuestarias
1300010000 G/31B/46200/00 01
1300010000 G/31B/46800/00 01
1300180000 G/31B/46200/00 S0066
1300180000 G/31B/46800/00 S0066

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

Cuantía máxima
(en euros)
2.556.221,87
9.110.477,13
802.840,36
350.159,64

Total (en
euros)
12.819.699,00

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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