Autoridades y personal. . (2024/79-2)
Resolución de 19 de abril de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Telefonista, por el sistema de acceso libre.
3 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 79 - Miércoles, 24 de abril de 2024

página 43594/2

estatutario fijo en la categoría de Telefonista, por el sistema de acceso libre, a la persona
aspirante que se cita, y se publicó relación complementaria de personas aspirantes a las
que, siguiendo a las que superan el concurso-oposición, se les requiere presentación de
solicitudes de petición de centro de destino.
De conformidad con lo anterior, y con lo establecido en las bases 12 y 13 del anexo
de la Resolución de 16 de junio de 2021, de la Dirección General de Personal del Servicio
Andaluz de Salud (BOJA núm. 118, de 22 de junio), por la que se modifica la Resolución
de 28 de mayo de 2019, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de
Salud, por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de
regir los procesos selectivos de concurso-oposición por el sistema de acceso libre para
cubrir plazas básicas vacantes de categorías y especialidades de personal estatutario en
desarrollo de la Oferta de Empleo Público de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz
de Salud aprobadas mediante el Decreto 209/2018, de 20 de noviembre, por el que se
aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2018 de los Centros Sanitarios del
Servicio Andaluz de Salud y del Anexo de la Resolución de 16 de junio de 2021, de
la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 118, de
22 de junio), por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han
de regir los procesos selectivos de concurso-oposición por el sistema de acceso libre
para cubrir plazas básicas vacantes de categorías y especialidades en desarrollo de
la Oferta de Empleo Público de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud
aprobadas mediante el Decreto 626/2019, de 27 de diciembre, el Decreto 194/2020, de 1
de diciembre, y el Decreto 181/2021, de 15 de junio, por los que se aprueban la Ofertas de
Empleo Público para los años 2019, 2020 y 2021 de los Centros Sanitarios del Servicio
Andaluz de Salud, ambas con correcciones de errores publicadas en BOJA núm. 136,
de 16 de julio, y BOJA núm. 195, de 8 de octubre, y en uso de las atribuciones que
tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BOJA
núm. 80, de 14 de julio), modificado por Decreto 176/2006, de 10 de octubre (BOJA núm.
209, de 27 de octubre), por el que se regulan los sistemas de selección del personal
estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio
Andaluz de Salud, y en el Decreto 156/2022, de 9 de agosto (BOJA extraordinario núm.
28, de 11 de agosto), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Salud y Consumo, esta Dirección General
RESU ELV E

Segundo. De conformidad a lo establecido en la base 13.2 del anexo de las bases
generales, el plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable, contado a partir
del día hábil siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía. Perderán los derechos derivados de su participación en las pruebas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00300544

Primero. Nombrar personal estatutario fijo a las personas aspirantes que han
superado el concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, en la categoría de
Telefonista, que se relacionan en el anexo de esta resolución con expresión del centro
de destino adjudicado. De conformidad con lo establecido en la base 12.1 del anexo de
las bases generales, las plazas ofertadas han sido adjudicadas atendiendo a los centros
de destino solicitados por las personas aspirantes que han superado el concursooposición y al orden determinado por la puntuación obtenida en el mismo, y conforme a lo
establecido en la base 12.2 para quienes dentro del plazo fijado no han solicitado plaza,
sin perjuicio de lo establecido en la base 11.2 del anexo de las bases generales respecto
a las personas aspirantes que participan por la reserva de plazas para personas con
discapacidad.