Autoridades y personal. . (2024/78-28)
Resolución de 3 de abril de 2024, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca la presentación de solicitudes para participar en el Circuito Andaluz de Peñas 2024.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
6 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 78 - Martes, 23 de abril de 2024

página 43490/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 3 de abril de 2024, de la Agencia Andaluza de Instituciones
Culturales, por la que se convoca la presentación de solicitudes para participar
en el Circuito Andaluz de Peñas 2024.
En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de
Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo,
establece en su artículo 10.3.3 que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con
el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a
través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico
y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18 preceptúa que se orientarán las políticas
públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva,
como principios rectores, el libre acceso de todas las personas a la cultura y el respeto
a la diversidad cultural, así como la conservación y puesta en valor del patrimonio
cultural, histórico y artístico de Andalucía. A su vez, el artículo 68.3.1 establece que la
Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva en materia de cultura que comprende
las actividades artísticas y culturales que se lleven a cabo en Andalucía, así como el
fomento de la cultura, en relación con el cual se incluye el fomento y la difusión de la
creación y la producción teatrales, musicales, sin perjuicio de lo que dispone el artículo
149.1.28 de la Constitución. De manera expresa se recoge en el artículo 68.1 que
corresponde asimismo a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de
conocimiento, conservación, investigación, formación, promoción y difusión del flamenco
como elemento singular del patrimonio cultural andaluz.
La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (en adelante la Agencia), como
entidad de Derecho Público adscrita a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, tiene
encomendadas, de conformidad con lo establecido en el apartado 2.º del artículo 6 de
sus Estatutos, aprobados mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril, la investigación,
gestión, producción, fomento, formación y divulgación de las artes plásticas, las
artes combinadas, las letras, el teatro y las artes escénicas, la música, la producción
fonográfica, la danza, el folclore, el flamenco, la cinematografía las artes audiovisuales,
y el desarrollo, comercialización y ejecución de programas, promociones y actividades
culturales, por sí o mediante la colaboración o cooperación con otras personas físicas o
jurídicas, públicas o privadas.
El Instituto Andaluz del Flamenco es un órgano sin personalidad jurídica propia,
encuadrado dentro de la Agencia. Este Instituto viene ejecutando, con una periodicidad
anual, el programa «Circuito Andaluz de Peñas». El programa tiene por finalidad la
programación de recitales de flamenco, en sus distintas manifestaciones de cante, toque
y baile, en las Peñas Flamencas inscritas en cada Federación de su provincia.

RESUELVO
Primero. Objeto.
Esta resolución tiene por objeto crear un catálogo de artistas en la modalidad de cante,
de baile y de toque, para formar parte del programa «Circuito Andaluz de Peñas 2024».
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00300440

Por los motivos expuestos, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el
artículo 15 de los mencionados estatutos, aprobados mediante Decreto 103/2011, de 19
de abril,