4. Administración de justicia. . (2024/78-49)
Edicto de 17 de abril de 2024, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada, dictado en recurso de casación autonómico 154/2018, sentencia en fecha 15 de diciembre de 2023.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 78 - Martes, 23 de abril de 2024

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4. Administración de justicia
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA
Edicto de 17 de abril de 2024, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de
Granada, dictado en recurso de casación autonómico 154/2018, sentencia en
fecha 15 de diciembre de 2023.
NIG: 1808733320181000976.
Órgano origen: Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla-Sala de lo
Contencioso-Administrativo de Granada.
Tipo y número procedimiento origen: RPL 67/2015.
Procedimiento: Recurso de casación autonómico 154/2018. Negociado: K.
Actuación recurrida:
De: Unión Eólica Andaluza, S.L.
Procuradora: María del Rosario Jiménez Martos.
Letrado: Juan Carlos Valverde Moreno.
Contra: Ayuntamiento de Padul.
Procuradora: Rocío Raya Titos.
Letrado: Juan Ramón Pérez Correa.
EDICTO
Se hace saber que en el recurso de casación autonómico 154/2018, promovido
por Unión Eólica Andaluza, S.L., contra la sentencia dictada en fecha 13 de febrero de
2018, por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla de Granada se ha dictado por esta
Sala especial del artículo 86.3 de la ley reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa (LJCA) del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla,Sala
de lo Contencioso-Administrativo de Granada, sentencia en fecha 15 de diciembre de
2023, que ha alcanzado el carácter de firme y cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

1. Establecer la doctrina jurisprudencial indicada en el fundamento jurídico octavo.
2. Declarar haber lugar y estimar el recurso de casación núm. 154/2018 interpuesto
contra la sentencia 248/2018, de 13 de febrero de 2018, dictada por la Sección Segunda
de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
Sala de Granada, en el recurso de apelación 67/2015.
3. Estimar el recurso de apelación 67/2015 contra la sentencia 282/2014, de 25
de julio, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 4 de Granada, dictada
en procedimiento ordinario 376/2013, por la que se desestimó el recurso contenciosoadministrativo interpuesto el 11 de octubre de 2013, contra la desestimación por silencio
administrativo del recurso de reposición deducido el 4 de julio de 2013 contra el acuerdo
de dicho ente local de fecha 5 de junio de 2013 en relación con la liquidación definitiva
de la prestación compensatoria derivada de los Acuerdos de la Junta de Gobierno
Local por ejecución del proyecto Parque Eólico “Cerro Los Pelaos” por importe de
199.305,27 €), que revocamos y estimando el recurso 376/203, anulamos la resolución
impugnada, ordenado se practique nueva liquidación por importe de 52.638,56 euros
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00300438

«Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la
Constitución, esta Sala ha decidido: Por todo lo expuesto, en nombre de Su Majestad el
Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido: