5. Anuncios. . (2024/78-106)
Anuncio de 12 de abril de 2024, del Ayuntamiento de Almuñécar, referente a la convocatoria para proveer una plaza de Subinspector/a Policía Local. (PP. 8400/2024).
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Número 78 - Martes, 23 de abril de 2024

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académicos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, debiendo aportarse la
correspondiente declaración oficial de equivalencia, o disposición en la que se establezca
la misma y, en su caso, el Boletín Oficial del Estado en que se publica. Sólo se valorarán los
títulos antes citados, no los cursos realizados para la obtención de los mismos.
Puntuación máxima del apartado V.A.1: 4,00 puntos.
V.A.2. Antigüedad:
V.A.2.1. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en los
Cuerpos de la Policía Local de Andalucía en la categoría inmediatamente anterior, igual o
superior a la que se aspira: 0,20 puntos.
V.A.2.2. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en
los Cuerpos de la Policía Local de Andalucía en categorías inferiores en más de un grado
a la que se aspira: 0,10 puntos.
V.A.2.3. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en
otros Cuerpos y Fuerzas de Seguridad: 0,10 puntos.
V.A.2.4. Por cada año de servicios, o fracción superior a seis meses, prestados en
otros Cuerpos de las Administraciones Públicas: 0,05 puntos.
Puntuación máxima del apartado V.A.2.: 4,00 puntos.
V.A.3. Formación y docencia:
V.A.3.1. Formación: Los cursos superados en los centros docentes policiales, los
cursos que tengan la condición de concertados por la Escuela de Seguridad Pública
de Andalucía y los cursos de contenido policial, impartidos dentro del Acuerdo de
Formación Continúa de las Administraciones Públicas, serán valorados, cada uno, como
a continuación se establece:
- V.A.3.1.1. Entre 20 y 35 horas lectivas: 0,25 puntos.
- V.A.3.1.2. Entre 36 y 75 horas lectivas: 0,30 puntos.
- V.A.3.1.3. Entre 76 y 100 horas lectivas: 0,35 puntos.
- V.A.3.1.4. Entre 101 y 200 horas lectivas: 0,40 puntos.
- V.A.3.1.5. Más de 200 horas lectivas: 0,50 puntos.
Los cursos en los que solamente se haya obtenido «asistencia» se valorarán con la
tercera parte. No se tendrá en cuenta, a efectos de valoración: los cursos obligatorios
que formen parte del proceso de selección para el acceso a cualquier categoría o
empleo de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, los cursos repetidos, salvo que se
hubiese producido un cambio sustancial del contenido y los cursos necesarios para la
obtención de las titulaciones del apartado V.A.1 de la presente orden, ni la superación de
asignaturas de los mismos.
V.A.3.2. Docencia, ponencias y publicaciones.
- La impartición de cursos de formación, comprendidos en el apartado V.A.3.1.,
dirigidos al colectivo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, se valorará a razón de: Por
cada 5 horas lectivas efectivamente impartidas, con independencia del número de horas
del curso: 0,10 puntos, hasta un máximo de 1,00 punto. Se podrán acumular fracciones
inferiores a 5 horas lectivas hasta alcanzar dicho número, si se han impartido en cursos
distintos. Las tutorías, en los cursos a distancia, las actividades de coordinación, o
dirección de curso, sólo se valorarán si se acreditan las horas lectivas impartidas.
- Las publicaciones y ponencias se valorarán cada una con un máximo de 0,20
puntos, en función del interés policial y por su carácter científico y divulgativo, hasta un
máximo de: 1,00 punto.
Puntuación máxima del apartado V.A.3: 4,00 puntos.
V.A.4. Otros méritos:
V.A.4.1. Por la pertenencia a la Orden al Mérito de la Policía Local de Andalucía,
según la categoría otorgada dentro de la misma, se valorará con la siguiente puntuación:
Medalla de Oro: 3 puntos.
Medalla de Plata: 2 puntos.
Cruz con distintivo verde: 1 punto.
Cruz con distintivo blanco: 0,75 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía