3. Otras disposiciones. . (2024/77-52)
Resolución de 15 de abril de 2024, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del logotipo de identificación corporativa de la provincia de Granada.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 77 - Lunes, 22 de abril de 2024

página 43413/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 15 de abril de 2024, de la Secretaría General de Administración
Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades
Locales del logotipo de identificación corporativa de la provincia de Granada.
El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de
las Entidades Locales de Andalucía, establece que éstas pueden dotarse de los símbolos
representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento
de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones
de la mencionada ley. A tal efecto, la Excma. Diputación de Granada ha realizado los
trámites tendentes a la modificación de su logotipo de identificación corporativa de
acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada ley.
Con fecha 21 de marzo de 2024, el Pleno de la Diputación de Granada acordó, con el
quorum establecido en el artículo 14 de la mencionada ley, la modificación definitiva del
logotipo de identificación corporativa, con la siguiente descripción:
Logotipo de identificación corporativa: «Para la definición del símbolo ponemos el
foco en la vida de la provincia. Con esta premisa tomamos varios elementos como punto
de partida:
- El corazón, como máximo representante de la vida y el latir de la provincia.
- La letra G, porque si la provincia de Granada se identifica con una letra, esa es
indiscutiblemente la G.
- Y por último la forma de la provincia, ya que todo granadino sería capaz de trazar de
un modo más o menos certero, la figura de la provincia.
En cuanto a los colores que se van a utilizar serán para el imagotipo el Verde Pantone
2299C CMYK • 41 0 84 0 RGB. 172 203 73 #ACCB49 y para la tipografía y el claim el
Azul Pantone 7546C CMYK • 95 67 45 43 RGB • 23 58 78 #173А4Е.»
Mediante escrito con entrada en el Registro de esta Consejería el día 10 de abril
de 2024, se solicitó por esa Entidad Local la inscripción de su logotipo de identificación
corporativa en el Registro Andaluz de Entidades Locales, dando cumplimiento a lo
establecido en el artículo 17 y de conformidad con el artículo 18 ambos de la expresada
Ley, en base a los cuales el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de
las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido Registro.

RESU ELV E
Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del
logotipo de identificación corporativa de la provincia de Granada, con la descripción
indicada y con la imagen que obra en el expediente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00300362

Esta Secretaría General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003,
de 9 de octubre, en el artículo 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se
desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales,
y en el artículo 7.1.e) del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,