Disposiciones generales. . (2024/77-6)
Orden de 15 de abril de 2024, por la que se da publicidad al incremento de crédito disponible para la concesión de subvenciones destinadas a entidades locales andaluzas para la adquisición de inmuebles, construcción, reforma o equipamiento de nuevos recursos públicos de carácter comunitario para la atención residencial a personas sin hogar y que fomenten la autonomía y la desinstitucionalización, en el marco del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 77 - Lunes, 22 de abril de 2024

página 43361/2

Por tanto, una vez aprobado el crédito definitivo correspondiente a esta convocatoria
de subvenciones, con carácter previo a la resolución de concesión, procede la declaración
del nuevo crédito disponible con objeto de incrementar la dotación presupuestaria
destinada a las solicitudes que reúnan los requisitos exigidos en la normativa aplicable.
Por todo lo anterior, de conformidad con el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de
octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y de acuerdo con el
artículo 26.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, en relación con el Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad,
DISPONGO
Primero. Dar publicidad, con carácter previo a la resolución de concesión y en
los mismos medios que la convocatoria, al incremento de crédito disponible en la
partida 1800180000 G/32E/76000/00 MR08220101 por una cuantía adicional de
1.700.000,00 euros, para las subvenciones destinadas a entidades locales andaluzas
para la construcción, reforma o equipamiento de nuevos recursos públicos de carácter
comunitario para la atención residencial a personas sin hogar y que fomenten la
autonomía y la desinstitucionalización, sin que tal publicidad lleve aparejada la apertura
de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, ni de publicación de la resolución
correspondiente, quedando la cuantía máxima distribuida de la siguiente forma:
ÁMBITO FUNCIONAL DE COMPETITIVIDAD

CUANTÍA MÁXIMA (en euros)

a) Personas sin hogar en zonas urbanas

8.277.027,60

b) Personas inmigrantes sin hogar en municipios con actividad agrícola

3.422.972,40

Total:

11.700.000,00

Segundo. La presente orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 15 de abril de 2024
MARÍA DOLORES LÓPEZ GABARRO

00300308

Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias
e Igualdad

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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