3. Otras disposiciones. . (2024/77-43)
Decreto 92/2024, de 16 de abril, por el que se autoriza la desadscripción mediante Convenio del Centro de Estudios Universitarios «Cardenal Spínola» como centro adscrito a la Universidad de Sevilla.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 77 - Lunes, 22 de abril de 2024

página 43455/2

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 27.22 de la Ley 6/2006, de
24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del
Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, y previa deliberación del Consejo
de Gobierno en su reunión del día 16 de abril de 2024,
DISPONGO
Primero. Objeto.
Autorizar la desadscripción mediante Convenio del Centro de Estudios Universitarios
Cardenal Spínola a la Universidad de Sevilla.
Segundo. Régimen Jurídico.
Mientras se estén impartiendo las enseñanzas del dispositivo siguiente, el Centro de
Estudios Universitarios Cardenal Spínola se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica
2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y las normas que en su desarrollo
dicte el Estado; por el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado
por Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero; por el Convenio de desadscripción suscrito
el 31 de mayo de 2023, entre la Universidad de Sevilla y la entidad titular del Centro
Cardenal Spínola, y por sus propias normas de organización y funcionamiento, que
en todo caso deberán respetar y garantizar los principios constitucionales de libertad
académica, manifestada en las libertades de cátedra, investigación y de estudio.
Tercero. Enseñanzas universitarias oficiales a impartir durante el proceso de extinción.
Conforme a la cláusula sexta del Convenio de desadscripción, el titular del centro se
compromete a impartir las siguientes enseñanzas universitarias oficiales que se ajustarán
al calendario de extinción establecido por ambas partes, dejando de ofertar plazas de
nuevo ingreso en el curso académico 2024/25:
• Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.
• Grado en Derecho.
• Grado en Educación Infantil.
• Grado en Educación Primaria.
•
Máster Universitario en Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y
Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas.
En todo caso el último curso académico de impartición será 2029/2030, salvo que
proceda declararla finalizada con anterioridad porque todos los estudiantes hayan
finalizados sus estudios o hayan trasladado su expediente de conformidad con lo previsto
en la cláusula sexta de este convenio. A tal efecto, dicho compromiso atenderá a las
condiciones y términos que constan en el Convenio de desadscripción suscrito por ambas
partes, asumiendo la continuidad de los compromisos docentes, de profesorado y de
servicios previstos, de modo que se permita al estudiantado culminar sus estudios con un
aprovechamiento académico normal de acuerdo con el calendario de extinción previsto.

Quinto. Informe a la Conferencia General de Política Universitaria.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Texto Refundido de la Ley
Andaluza de Universidades, se informará del presente decreto a la Conferencia General
de Política Universitaria.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Cuarto. Medios materiales y humanos.
Se mantendrán los medios materiales y humanos necesarios para la impartición de
las enseñanzas universitarias de acuerdo con el calendario de extinción de enseñanzas
universitarias establecido en el Convenio de desadscripción.