Disposiciones generales. . (2024/74-3)
Resolución de 9 de abril de 2024, de la Secretaría General de Vivienda, por la que se acuerda la redistribución provincial del crédito de la convocatoria de ayudas al alquiler a los jóvenes: Bono Alquiler Joven en Andalucía, aprobada por Orden de la Consejera de 26 de octubre de 2022 (BOJA núm. 209, de 31 de octubre de 2022).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Miércoles, 17 de abril de 2024

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y concluirá el 14 de febrero de 2023 a las 15:00 horas. No obstante, se cerrará
provisionalmente dicho plazo en el día en el que el número de solicitudes presentadas,
hasta las 15:00 horas, sobrepasen la cifra de 14.000; siempre que este número se alcance
antes del plazo mencionado...»
El 17 de noviembre de 2022 a las 23:59 horas se realizó el cierre provisional de
la convocatoria por Resolución de la Secretaria General de Vivienda, al haberse
sobrepasado ese día las 14.000 solicitudes.
En el dispositivo sexto de la Orden de 26 de octubre de 2022, modificada por la Orden
de 12 de marzo de 2024, se establece la distribución del crédito por anualidad y provincia.
En el mismo dispositivo, en sus apartados 3 y 4 establece:
«3. Si tras la presentación de solicitudes, se comprueba que hay provincias en las que
el importe resultante de las solicitudes presentadas, es inferior al crédito previsto en la
convocatoria, habiendo crédito sobrante disponible en las mismas; se podrá realizar una
redistribución de dicho crédito, mediante resolución de la persona titular de la Secretaría
General competente en materia de vivienda, con destino a otras provincias en las que
el importe resultante de las solicitudes presentadas es superior al crédito previsto en la
convocatoria.
4. Se podrán realizar cuantas redistribuciones de crédito sean necesarias hasta
agotar el crédito disponible.»
Una vez cerrado el plazo de presentación de solicitudes, se constata que hay algunas
provincias (Cádiz, Córdoba y Huelva) en las que no se ha alcanzado el importe señalado
en ellas, mientras que en otras el importe previsto inicialmente no es suficiente para
atender a las solicitudes presentadas.
Tras descontar las solicitudes duplicadas, se ha procedido a la reserva del crédito de
las solicitudes presentadas. El porcentaje de solicitudes presentadas respecto del total
arroja el siguiente resultado, por provincias: Almería 5,47 %, Cádiz 10,61%, Córdoba 7,75%,
Granada 17,97%, Huelva 3,85%, Jaén 5,64%, Málaga 18,90% y Sevilla 29,81%.
El crédito sobrante en las provincias de Cádiz, Córdoba y Huelva tras la presentación de
las solicitudes y la tramitación de las ayudas asciende a un total de ocho millones ochocientos
noventa y ocho mil novecientos setenta y un mil euros con cuatro céntimos (8.898.971,04 €).
La disposición adicional segunda de las bases reguladoras faculta a la persona titular
de la Secretaría General de Vivienda para dictar cuantas resoluciones sean necesarias
en la aplicación, evaluación, control e interpretación de la presente orden.
Por ello, con la finalidad de atender el interés general y motivado por la necesidad
de adecuarse a los principios de estabilidad presupuestaria y eficiencia en la asignación
y utilización de los recursos públicos, que establece la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de
abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y de optimizar y alcanzar
el aprovechamiento completo de los fondos destinados a estas subvenciones, resulta
necesario dictar la presente resolución para asignar el crédito disponible detallado, para
atender las solicitudes, que cumpliendo requisitos, no han sido atendidas por no disponer
de crédito asignado en su ámbito territorial, aplicando los porcentajes proporcionales al
número de solicitudes presentadas.

RESU ELV E
Primero. Asignar el crédito disponible por importe de 8.898.971,04 euros, con cargo
a la partida presupuestaria 1700180000G/43A/48307/00 S0719 «Bono Alquiler Joven», a
los ámbitos territoriales de Almería, Granada, Jaén, Málaga y Sevilla, para la tramitación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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En su virtud, en atribución de la competencia conferida en la Orden de 26 de octubre
de 2022, por la que se convocan ayudas al Alquiler a los Jóvenes: Bono Alquiler Joven en
Andalucía, esta Secretaría General de Vivienda