3. Otras disposiciones. . (2024/74-34)
Resolución de 13 de marzo 2024, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se avoca la competencia del Director General de Gestión Económica y Servicios y se delega para la adjudicación de los Contratos basados en el acuerdo marco de material específico de Hemodinámica, Radiología Vascular Periférica y Neurorradiología con disponibilidad de uso de equipos.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Miércoles, 17 de abril de 2024

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3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 13 de marzo 2024, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz
de Salud, por la que se avoca la competencia del Director General de Gestión
Económica y Servicios y se delega para la adjudicación de los Contratos
basados en el acuerdo marco de material específico de Hemodinámica,
Radiología Vascular Periférica y Neurorradiología con disponibilidad de uso de
equipos.
La Subdirección de Compras y Logística del Servicio Andaluz de Salud propone la
celebración de un acuerdo marco con varias empresas, siendo el objeto del presente
contrato la adquisición de material específico de Hemodinámica, Radiología Vascular
Periférica y Neurorradiología con disponibilidad de uso de equipos (subgrupo 01.20 del
catálogo SAS), de uso imprescindible para el tratamiento de determinadas patologías que
precisan de la realización de los correspondientes procedimientos intervencionistas de
las especialidades clínicas mencionadas.
Se justifica la idoneidad de la suscripción de un acuerdo marco con varios empresarios
para satisfacer dichas necesidades, basado en el hecho, por un lado, de que se trata de
contratar una multiplicidad de productos necesarios para el desarrollo de su actividad
por las especialidades médicas señaladas, y por otro lado, por el hecho de que dichos
productos pueden ser suministrados por una multiplicidad de empresas, con lo cual
resulta adecuado el uso de este sistema de racionalización técnica de la contratación,
en virtud del cual un único órgano de contratación suscribe acuerdos marco con tantas
empresas como resulten adjudicatarias del mismo, para que en una segunda fase, cada
una de las Centrales Provinciales de Compras del SAS (una por provincia, que aglutina
toda la gestión contratación, compras y logística de los centros sanitarios de su ámbito
de influencia), suscriban tantos contratos basados como sean necesarios, para poder
dar cobertura a la adquisición de los productos que se precisen para la realización de la
actividad asistencial ya referenciada.
La competencia en los Servicios Centrales, para la contratación administrativa
tramitada en aplicación de los sistemas de racionalización, tales como el acuerdo marco
con varias empresas, es, de conformidad con la Resolución de 20 de enero de 2022, de
la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delegan competencias
en diferentes órganos, del Director General de Gestión Económica y Servicios. No
obstante, razones de índole técnica y de eficiencia operativa aconsejan que la ejecución
material del suministro se realice, mediante la adjudicación de los contratos basados en el
acuerdo marco, que llevarán a cabo las personas titulares de las Direcciones Gerencias
de los distintos Hospitales de referencia de cada una de las provincias andaluzas, previa
avocación y delegación de la competencia respectivamente.

00300217

Por lo expuesto, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 69 de la Ley 2/1998,
de 15 de junio, de Salud de Andalucía, en relación al Decreto 156/2022, de 9 de agosto,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, y
de acuerdo con lo previsto en los artículos 101 y 103 de la de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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