Disposiciones generales. . (2024/73-6)
Extracto de la Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2024 las subvenciones previstas en la Orden de 24 de marzo de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 73 - Martes, 16 de abril de 2024

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1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Extracto de la Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Dirección de la
Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el
año 2024 las subvenciones previstas en la Orden de 24 de marzo de 2017, por
la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en
régimen de concurrencia competitiva, para la promoción del tejido profesional
del flamenco en Andalucía.
BDNS (Identificación): 750799.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index), en el Catálogo de Procedimientos
y Servicios de la Administración de la Junta de Andalucía
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/10901.html
así como en la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales http://
www.juntadeandalucia.es/cultura/web/AAIICC/ y en el presente BOJA.
Primero. Se convocan, en el ámbito de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte
(Agencia Andaluza de Instituciones Culturales) para el ejercicio 2024, en régimen de
concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones para la promoción del tejido
profesional del flamenco en Andalucía en la cuantía total máxima de 210.000,00 euros,
que se distribuyen entre la anualidad corriente y la anualidad futura 2025, al 50%, en la
línea que a continuación se detalla, con cargo a los siguientes créditos presupuestarios:
Línea

Cuantía máxima

Subvenciones a la producción y creación de espectáculos de flamenco 210.000 euros

Partida presupuestaria
1651010000 G/45E/47003/00 01

Segundo. Beneficiarios.
Podrán solicitar las ayudas a la promoción del tejido profesional del flamenco en
la línea que se convoca de Subvenciones a la producción y creación de espectáculos
de flamenco: las personas físicas o jurídicas privadas, dedicadas a la producción de
espectáculos flamencos en sus distintas expresiones de cante, toque y baile, establecidas
en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
No podrán ser beneficiarias de estas ayudas, las asociaciones y demás entidades sin
ánimo de lucro.

Cuatro. Bases reguladoras.
La convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas mediante Orden de 24
de marzo de 2017 (BOJA núm. 60, de 29 de marzo), por la que se establecen las bases
reguladoras de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para
la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00300055

Tercero. Objeto.
Subvenciones para la promoción del tejido profesional del flamenco, en la línea de
subvenciones a la producción y creación de espectáculos de flamenco: La promoción
del flamenco mediante la concesión de subvenciones al sector profesional del flamenco
para la producción y creación de nuevos espectáculos de flamenco, en sus distintas
expresiones de cante, toque y baile.