Autoridades y personal. . (2024/72-22)
Resolución de 9 de abril de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se ofertan vacantes al personal aspirante seleccionado en las pruebas selectivas de ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo de Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda de la Junta de Andalucía, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2020.
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Número 72 - Lunes, 15 de abril de 2024

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2. La presentación electrónica se realizará en el Registro Electrónico Único de la Junta
de Andalucía, al que se accederá desde la web de Emplead@, a través de la dirección
https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/ y conforme al procedimiento que
se detalla en el manual explicativo que figura en la indicada página, sin perjuicio de lo
dispuesto en los apartados siguientes sobre la documentación a la que se refiere la base
octava, apartado 4, de la Resolución de 15 de marzo de 2023.
- Para utilizar el medio de presentación electrónico, se deberá disponer de un
certificado electrónico vigente y reconocido que sea válido, expedido por la FNMT-RCM,
si se accede fuera de la red corporativa, pudiendo utilizarse usuario y clave si se accede
desde dicha red.
La solicitud presentada ante el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía no
podrá ser modificada, en ningún caso, sin perjuicio de que pueda presentarse una nueva
solicitud que sustituirá a la anterior, generándose automáticamente un justificante de la
recepción de los documentos electrónicos presentados por las personas solicitantes, en
el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como
fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y su no rechazo.
3. Además de la petición de destino señalada en los párrafos anteriores, las personas
aspirantes deberán aportar la documentación a la que se refiere el apartado 4 de la
base octava contenida en la Resolución de la convocatoria, que habrá de presentarse
exclusivamente por medios electrónicos, en idéntico plazo de 20 días hábiles, a contar
desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.
La presentación electrónica de la referida documentación se realizará en el Registro
Electrónico Único de la Junta de Andalucía, al que se accederá desde la Presentación
Electrónica General, a través de la dirección
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientoDetalle.xhtml
Respecto del documento indicado en la letra b) del apartado 4 de la base octava
deberá aportarse copia electrónica auténtica del título académico oficial o, en su defecto,
copia del mismo acompañada del documento obtenido a través de la «Consulta de Títulos
Universitarios Oficiales» en la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación
Profesional. Asimismo se podrá adjuntar copia electrónica auténtica de la certificación
supletoria provisional que dispone el artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de
agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.
4. En cualquier caso, la declaración responsable a la que hace referencia la letra c)
del apartado 4, contenido en la base octava de la Resolución de convocatoria, deberá
cumplimentarse conforme al modelo que figura en el Anexo II-A de la presente resolución,
y presentarse junto al formulario de petición de destino en el Registro Electrónico Único
de la Junta de Andalucía.
5. En el caso de personas aspirantes con discapacidad deberán aportar el
correspondiente certificado, expedido por la Consejería competente en la materia de la
Junta de Andalucía, o en su caso del Instituto Nacional de la Seguridad Social, en el que
conste su capacidad para el desempeño de las funciones correspondientes al Cuerpo,
Especialidad u Opción a que se aspira.
Cuando deba ser expedido por el órgano competente de la Junta de Andalucía, no
resultará necesaria su incorporación, siempre que la persona aspirante no se oponga a
la consulta por parte de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública.
En caso contrario o cuando la documentación haya de ser expedida por órganos con
competencia en la materia de otras Administraciones Públicas, dicha documentación
deberá ser inexcusablemente aportada junto con la petición de destino.
6. Sin perjuicio de lo dispuesto en los párrafos anteriores, el personal aspirante
que tuviera la condición de personal funcionario de carrera y aquellos otros que
estuvieran prestando servicios en la Junta de Andalucía, estarán exentos de justificar
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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