Autoridades y personal. . (2024/72-23)
Resolución de 3 de abril de 2024, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para el ingreso en la categoría profesional de Conductor/a Mecánico de la Universidad de Jaén. Grupo III.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 72 - Lunes, 15 de abril de 2024

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7. Relación de personas seleccionadas, presentación de documentación acreditativa y
propuesta de formalización de contrato laboral.
7.1. Al finalizar cada uno de los ejercicios de la fase de oposición del proceso selectivo,
el tribunal hará pública en los lugares de examen y en tablón de anuncios de la sede
electrónica de la Universidad de Jaén, y a título informativo, en la página web del Servicio
de Personal, las listas con las puntuaciones correspondientes.
7.2. El tribunal hará pública en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la
Universidad de Jaén, y a título informativo, en la página web del Servicio de Personal, la
relación definitiva de aspirantes que han superado cada uno de los ejercicios de la fase de
oposición en la forma prevista en el Anexo I.
7.3. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de la
puntuación obtenida en la fase de oposición y la obtenida en la fase de concurso.
7.4. Finalizado el proceso selectivo, el tribunal hará pública la relación definitiva de
personas que han superado el mismo por orden de puntuación, en las que constarán las
calificaciones de los ejercicios de la fase de oposición y la puntuación obtenida en la fase de
concurso, así como la calificación final obtenida. Al efecto de confeccionar dicha relación,
el tribunal declarará que han superado el proceso selectivo las personas aspirantes que
hayan obtenido las mayores calificaciones finales, sin que el número de personas supere el
número de plazas convocadas, excepto cuando así lo prevea la propia convocatoria.
La motivación de la mencionada relación, en cuanto acto administrativo emanado de la
discrecionalidad técnica del tribunal, y que pone fin al proceso selectivo, estará referida al
cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
En caso de empate en la calificación final, una vez sumadas las puntuaciones obtenidas
en la fase de concurso y oposición, a efectos de determinar las personas aspirantes que
han superado el proceso selectivo, prevalecerá la mayor puntuación obtenida en la fase de
oposición; de persistir la igualdad, se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida
en la fase de concurso. Si tras aplicar estos criterios no se hubiera resuelto el empate, éste
se dirimirá por sorteo.
7.5. El tribunal no podrá proponer el acceso a la condición de personal laboral de
la Universidad de Jaén, de un número superior de personas aprobadas al de plazas
convocadas, excepto cuando así lo prevea la propia convocatoria, siendo nula de pleno
derecho cualquier actuación en sentido contrario.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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por la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública y publicado mediante
resolución de ésta, que se encuentre en vigor y sea de aplicación a la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes de este proceso selectivo.
6.3. Las personas aspirantes serán convocadas para la realización de los ejercicios
de la fase de oposición en llamamiento único siendo excluidas de la oposición aquellas
personas que no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente
apreciados por el tribunal.
6.4. Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios sobre
la celebración de los restantes ejercicios deberán hacerse públicos por el tribunal en el
tablón de anuncios de la sede electrónica de la Universidad de Jaén, y a título informativo,
en la página web del Servicio de Personal, con doce horas, al menos, de antelación del
comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata
de un nuevo ejercicio.
6.5. En cualquier momento del proceso selectivo, si el tribunal tuviese conocimiento de
que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en
la presente convocatoria, previa audiencia de la misma, deberá proponer su exclusión al
rector de la Universidad de Jaén, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades
formuladas en la solicitud de admisión al proceso selectivo, a los efectos procedentes.
Contra la exclusión, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el
rector o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo.