Autoridades y personal. . (2024/72-23)
Resolución de 3 de abril de 2024, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para el ingreso en la categoría profesional de Conductor/a Mecánico de la Universidad de Jaén. Grupo III.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 72 - Lunes, 15 de abril de 2024

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2. Requisitos de las personas aspirantes.
2.1. Las personas aspirantes, para ser admitidas en el proceso selectivo, deberán
reunir los requisitos generales de acceso al empleo público y, en particular:
a) Poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la
Unión Europea, o nacionales de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados
Internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de
aplicación la libre circulación de los trabajadores y las trabajadoras en los términos en que
ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
Lo establecido en el párrafo anterior será asimismo de aplicación al cónyuge de los/as
españoles/as y de los/las nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea,
siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su
cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de
dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas
en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
b) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de la
categoría laboral a que se aspira.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de
las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
empleos o cargos públicos por resolución judicial o para ejercer funciones similares a
las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado
o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de BUP, Bachiller, Formación Profesional de Segundo
Grado o equivalente, de conformidad con la normativa de aplicación, o de la justificación
acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su
obtención, o experiencia laboral equiparable con la categoría profesional objeto de
la presente convocatoria, conforme a lo establecido en el artículo 15 del IV Convenio
Colectivo del personal laboral de las universidades públicas andaluzas.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar
que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación a título habilitante
español, o certificado de su equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial.
f) Estar en posesión del carnet de conducir tipo B.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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1.6. Las pruebas selectivas se desarrollarán quedando garantizado, en todo momento,
la igualdad de condiciones de las personas candidatas y el respeto a los principios
constitucionales de publicidad, capacidad y mérito. La fecha, hora y lugar en que se
realizará el primer ejercicio se fijará en la resolución del Rectorado en que se apruebe la
lista provisional de admitidos y excluidos.
1.7. Las personas que obtengan los puestos de trabajo correspondientes a las plazas
convocadas deberán cumplir las obligaciones inherentes al puesto de trabajo al que han
accedido, con especial referencia al régimen de jornada y horario. La jornada de trabajo
será la fijada con carácter general para la Universidad de Jaén, y el horario en que esta se
desarrollará será el establecido en la unidad funcional en la que se ubica cada puesto de
trabajo, con sujeción a lo establecido en la normativa vigente y en la relación de puestos
de trabajo.
1.8. El desempeño de los puestos correspondientes a las plazas convocadas quedará
sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al
servicio de las Administraciones Públicas, y su normativa de desarrollo.