3. Otras disposiciones. . (2024/71-36)
Resolución de 9 de abril de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo a la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera y se emplaza a los terceros interesados.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Viernes, 12 de abril de 2024

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3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 9 de abril de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se
acuerda la remisión del expediente administrativo a la Sala de lo ContenciosoAdministrativo, Sección Tercera y se emplaza a los terceros interesados.
Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla,
sito en Avda. de Carlos V, s/n (Prado de San Sebastián), se ha interpuesto por doña
Ana Belén González Gálvez recurso contencioso-administrativo núm. P.O. 618/2023
contra la Resolución de 15 de junio de 2023, de la Secretaría General de Desarrollo
Educativo, por la que se declaran las personas aspirantes, por cuerpo, especialidad y, en
su caso, turno de ingreso, que han superado el procedimiento selectivo extraordinario de
estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a los Cuerpos de Profesores
de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos
de Música y Artes Escénicas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de
Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Maestros y
Profesores Especialistas en sectores singulares de Formación Profesional, convocado
por Orden de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, de 14 de
noviembre de 2022.
Publicándose la presente para notificación a los terceros interesados y sirviendo de
emplazamiento para que puedan comparecer y personarse como demandados ante la
citada Sala, en el plazo de nueve días a contar desde el día siguiente al de la publicación
de esta resolución, mediante Procurador y Abogado, o solamente mediante Abogado
con poder al efecto, haciéndoseles saber que, de personarse fuera del plazo indicado,
se les tendrá por parte, sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del
procedimiento, y que si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por
sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna.

00299931

Sevilla, 9 de abril de 2024.- La Secretaria General Técnica, Isabel Gabella Valera.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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