Disposiciones generales. . (2024/71-2)
Orden de 8 de abril de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras aplicables a las Intervenciones de Desarrollo Rural no SIGC de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 (Intervenciones 7202.02, 7202.05, 7202.06 y 7202.07) y se modifica la Orden de 21 de octubre de 2019, relativa al procedimiento para la habilitación de entidades para la presentación y tramitación electrónica de las solicitudes de todo tipo de subvenciones y ayudas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Viernes, 12 de abril de 2024

página 42955/76

☐ Otros requisitos relativos a la documentación acreditativa de la titularidad
14.e) Documentación justificativa del pago
1. Solicitud de pago, conforme al modelo que se establezca en la convocatoria de ayudas.
2. Certificado del secretario de la entidad, o cargo equivalente, en la que conste la relación del personal técnico
que ha prestado los servicios de asesoramiento, en la que se hará constar la siguiente información: Nombre,
NIF, titulación académica y, en su caso, experiencia.
3. Informe de Trabajadores en Alta, emitido por la Seguridad Social, que cubra el periodo de ejecución de los
servicios de asesoramiento.
4. Declaración firmada por cada técnico que ha prestado los servicios de asesoramiento, de ausencia de
conflicto de intereses con los destinatarios finales de los servicios de asesoramiento prestados.
5. Certificado emitido por el órgano gestor de la intervención 6961 «establecimiento de jóvenes agricultores»,
de asistencia a la jornada de formación impartida para la tramitación de las solicitudes de ayuda a la
convocatoria de la citada intervención, para el personal técnico que ha prestado los servicios de
asesoramiento.
14.f) Tipo y soporte de documentos admitidos:
Tipo:
☐ Originales.
☐ Copias auténticas.
☐ Copias autenticadas.
☑ Otro: Copia del original
Soporte:
☐ Papel
☑ Electrónico
15.- Órganos competentes (Artículo 17)
☑ Órgano/s instructor/es: Servicio de Gestión y Control de Ayudas FEADER de la Dirección General de la
Producción Agrícola y Ganadera.
Funciones:
☐ Evaluación de las solicitudes
☑ Propuesta provisional de resolución.
☑ Análisis de las alegaciones y documentación presentada.
☐Propuesta definitiva de resolución.
☐Otras funciones:

00299907

☑ Órgano/s competente/es para resolver: Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, que
actuará/n:
☐ En uso de las competencias atribuidas por el artículo:
☑ Por delegación de: la persona titular de la Consejería competente en materia de agricultura.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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