Disposiciones generales. . (2024/71-2)
Orden de 8 de abril de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras aplicables a las Intervenciones de Desarrollo Rural no SIGC de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 (Intervenciones 7202.02, 7202.05, 7202.06 y 7202.07) y se modifica la Orden de 21 de octubre de 2019, relativa al procedimiento para la habilitación de entidades para la presentación y tramitación electrónica de las solicitudes de todo tipo de subvenciones y ayudas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Viernes, 12 de abril de 2024

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14.- Documentación justificativa a presentar (Artículos 13 y 16).
14.a) Documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos (Artículo 13)
☑ 1.Declaración responsable de que cumplen los requisitos exigidos
☐ 2.Documentación justificativa a presentar: (Establecer la documentación que, en su caso, se exija
para acreditar el cumplimiento de los requisitos).
14.b) Documentación justificativa para la aplicación de los criterios objetivos de valoración (Artículos 13 y 16)
☑ 1.No
☐ 2.Sí. Documentación a presentar para la aplicación de los criterios objetivos de valoración
14.c) Documentación justificativa a presentar junto al formulario Anexo II (Artículo 19)
☐ No
☑ Sí. Documentación a presentar para la aplicación de los criterios objetivos de valoración
1. Documentación acreditativa de la entidad solicitante:
a) Tarjeta de Identificación Fiscal (NIF).
b) Escritura de constitución y estatutos de la entidad, así como las modificaciones ulteriores
debidamente inscritas en el registro correspondiente, donde conste el domicilio y el objeto social de la
entidad.
2. Documentación acreditativa de la representación:
Siguiendo lo establecido en el artículo 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, referido a los sistemas de firma admitidos por
las Administraciones Públicas:
a) Los que comparezcan o firmen las solicitudes de subvención en nombre de la entidad,
presentarán la acreditación de dicha representación, presentando copia del Documento Nacional de
Identidad (DNI), salvo que se haya dado el consentimiento a la Administración para realizar la
consulta de sus datos a través del Sistema de Verificación de Identidad. Si optan por utilizar medios
telemáticos de presentación se realizará mediante la utilización de la firma electrónica reconocida.
Para la presentación electrónica se deberá disponer de un certificado electrónico reconocido que sea
válido para poder realizar los trámites contemplados en esta orden, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, artículos 15, 26 y siguientes del Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos, y en los artículos 21 y 22 del Decreto
622/2019, de 27 de diciembre, de Administración Electrónica, Simplificación de Procedimientos y
Racionalización Organizativa de la Junta de Andalucía.
b) Documentación acreditativa de la representación que ostenta, debiendo ser la persona firmante
de la solicitud el representante legal designado en los estatutos de la entidad solicitante. A tal efecto,
se presentará acta del órgano de gobierno o certificado del secretario de la misma, en la que conste
la persona que ocupa el cargo de representante legal. En caso de que el firmante ocupe un cargo
diferente al indicado en los estatutos para ejercer la representación legal de la entidad, se presentará
acta del órgano de gobierno o certificado del secretario de la misma, en la que se indique de forma
específica que se otorga la representación legal a la persona designada para la presentación de la
solicitud de ayuda y demás trámites correspondientes a la misma.

4. Relación de ganaderos y ganaderas que en el momento de la solicitud forman parte de la ADSG, están de
alta en SIGGAN y cumplen los requisitos para ser destinatarios finales del asesoramiento, con indicación
del/los código/s de las explotaciones de las que son titulares y en las cuales se vayan a realizar las
actuaciones subvencionables.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00299907

3. Acta del órgano de gobierno o certificado del secretario donde conste el acuerdo de solicitar la ayuda y el
compromiso de realizar la actividad, así como de cumplir las obligaciones establecidas en la Orden.