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Anuncio de 4 de abril de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Córdoba, de toma de conocimiento, de la Delegada Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de Córdoba, de la subsanación de deficiencias de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de El Viso y de su Normativa Urbanística.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Viernes, 12 de abril de 2024

página 42781/2

Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en adelante
LOUA), el artículo 13.1 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el
ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía, en
materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, la disposición adicional tercera del
Decreto 160/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, y la disposición adicional
décima del Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que ser regula la Organización
Territorial de la Administración de la Junta de Andalucía, en base al informe emitido por el
Servicio de Urbanismo con fecha 11 de marzo de 2024, considera que:
1. Que la CTOTU en sesión de 20 de noviembre de 2023, acordó la aprobación parcial
a reserva de la simple subsanación de deficiencias, señaladas en el Fundamento Jurídico
séptimo de la correspondiente resolución, denegando su aprobación respecto a la
deficiencia señalada en el apartado 8 del mismo Fundamento Jurídico Séptimo conforme
a lo dispuesto en el art. 33.2.c de la LOUA, debiéndose una vez subsanadas y aprobadas
las deficiencias por la Corporación Municipal, ser comunicadas a la Delegación Territorial
para su toma de conocimiento. Dicha innovación tiene por objeto:
- Solventar errores cartográficos detectados e incorporar elementos de infraestructuras
ejecutados en el periodo transcurrido desde al aprobación definitiva hasta la fecha de
formulación del presente expediente.
- Solventar la dificultad de implantación de determinados usos en municipio.
- Oportunidad de aumentar el suelo destinado a equipamiento del municipio y suelo
dotacional.
2. Con fecha 14 de febrero de 2024, tiene entrada en esta Delegación Territorial oficio
del Ayuntamiento del El Viso, comunicando la aprobación por el Pleno en sesión de 13
de febrero de 2024, de la subsanación de deficiencias para su toma de conocimiento por
la Delegada Territorial en Córdoba de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, en
cumplimiento de lo acordado por la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y
Urbanismo de Córdoba de 20 de noviembre de 2023, en relación con el artículo 33.2.b, en
relación con el art. 33.2.b de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística
de Andalucía (en adelante LOUA), y con la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2021,
1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía. Finalmente,
con fecha 27 de febrero de 2024, se remiten por el Ayuntamiento los informes técnicos y
jurídicos previos a la aprobación por el pleno de la subsanación de deficiencias.
3. La tramitación del presente cumplimiento de resolución y documento refundido
del Plan General de Ordenación Urbanística, cumplimenta lo exigido en la resolución de
la CTOTU señalada, en cuanto a procedimiento, siendo éste el señalado por la CTOTU
de Córdoba en sesión de 20 de noviembre de 2023, para subsanar las deficiencias que
motivaron el acuerdo de aprobación definitiva a reserva de la simple subsanación de
deficiencias de la innovación del Plan General de Ordenación Urbanística.
Correspondiendo su toma de conocimiento a la Delegada Territorial en Córdoba de
la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, de conformidad con la
citada resolución.
4. En lo que se refiere a las determinaciones, cabe entender subsanadas las
deficiencias señaladas en el antes referido acuerdo de la CTOTU de Córdoba, pudiendo
procederse a la inscripción del instrumento en el Registro Autonómico de Instrumentos
de Planeamiento y a la publicación de las Normas Urbanísticas, reiterándose las
consideraciones y valoraciones contenidas en el mismo.

Primero. Que se entienden subsanadas las deficiencias señaladas en la resolución de la
CTOTU de 20 de noviembre de 2023 y cumplimentada la comunicación a esta Delegación
Territorial exigida en la misma, conforme a lo dispuesto en el art. 33.2.b de la LOUA, según el
informe del Servicio de Urbanismo de la presente Delegación Territorial de 11 de marzo de 2021.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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En consecuencia se dispone lo siguiente: