Autoridades y personal. . (2024/70-16)
Resolución de 8 de abril de 2024, de Verificaciones Industriales de Andalucía, S.A., por la que se desiste del proceso selectivo para cubrir, con carácter indefinido, el puesto de Secretaría General Técnica.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 70 - Jueves, 11 de abril de 2024

página 42913/1

2. Autoridades y personal
2.1. Nombramientos, situaciones e incidencias
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
Resolución de 8 de abril de 2024, de Verificaciones Industriales de Andalucía, S.A.,
por la que se desiste del proceso selectivo para cubrir, con carácter indefinido, el
puesto de Secretaría General Técnica.

ANTECEDENTES DE HECHOS
Primero. Con fecha 29 de diciembre de 2022, la Dirección General del Sector Público
Instrumental emitió informe favorable para la cobertura, mediante tasa de reposición de
efectivos, del puesto de Secretaría General Técnica (expediente número CF- 00227/2022).
Segundo. Con fecha 18 de enero de 2024, se publicó el Anuncio de 11 de enero
de 2024 de Verificaciones Industriales de Andalucía, S.A., por el que se efectuaba la
convocatoria pública para cubrir, con carácter indefinido, el puesto de Secretaría General
Técnica (BOJA número 13, de 18 de enero de 2024).
Tercero. El plazo para la presentación de candidaturas comenzó el día 19 de enero
de 2024 y concluyó el 1 de febrero de 2024.
Cuarto. Con fecha 1.3.2024, quedaba publicado el Listado Provisional de las
Candidaturas Admitidas y Excluidas al proceso, publicándose el día 14.3.2024 el Listado
Definitivo.
Quinto. La Comisión de Calificación no ha celebrado reunión para la comprobación
de los méritos aportados por las candidaturas admitidas. En consecuencia, a la fecha
presente, no se ha iniciado la Fase B del proceso selectivo (Fase de concurso de méritos),
conforme se especifica en las respectivas bases reguladoras.
FUNDA MENTOS
Uno. En el momento en el que se encuentra el presente proceso selectivo, la simple
publicación del listado definitivo de candidaturas admitidas y no admitidas en el proceso,
únicamente ha generado simples expectativas de derecho, no lesionándose derechos
subjetivos de las candidaturas presentadas.

Tres. Adicional a lo anterior y en relación con lo establecido en la Ley 5/2023, de 7 de junio,
de la Función Pública de Andalucía (art. 105), y al haberse detectado en las Bases Reguladoras
publicadas, la falta de una puntuación mínima a cumplir respecto de los requisitos 1 y 2 en la
fase de concurso de méritos, podría no quedar acreditada la idoneidad de los candidatos y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00299864

Dos. Teniendo en cuenta lo indicado en el fundamento anterior, y considerando que
en este momento la Dirección de Verificaciones Industriales de Andalucía, S.A., en el
ejercicio de sus competencias organizativas, y dado que de la lectura de la descripción
del puesto, puede deducirse error en cuanto a su nivel ocupacional y jerarquía, siendo
por tanto, necesaria la redefinición del puesto a ofertar y su situación en el organigrama
de la Entidad.