3. Otras disposiciones. . (2024/70-57)
Resolución de 8 de abril de 2024, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización del endeudamiento financiero de los ayuntamientos de Almonte, Arcos de la Frontera, Barbate y Los Palacios y Villafranca. Ejercicio 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 70 - Jueves, 11 de abril de 2024

página 42902/8

Cuando en la práctica de las funciones de control, el órgano interventor actuante aprecie que los
hechos acreditados o comprobados pudieran ser susceptibles de constituir una infracción
administrativa o dar lugar a la exigencia de responsabilidades contables o penales, lo pondrá en
conocimiento del órgano competente, de acuerdo con las reglas que se establecen en el artículo
5.2 del RD 424/2017, de 28 de abril, por el que se aprueba el régimen jurídico del control interno
de las entidades locales.


A la Tesorería del Ayuntamiento le corresponden las funciones de tesorería y de
recaudación. La función de tesorería comprende, entre otras, el manejo y custodia de
fondos, valores y efectos de la Entidad Local; la realización de los cobros y los pagos de
conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente, el Plan de Disposición de Fondos y
las directrices señaladas por la Presidencia, autorizando junto con el ordenador de pagos
y el interventor los pagos materiales contra las cuentas bancarias correspondientes; la
elaboración y acreditación del periodo medio de pago (PMP) a proveedores de la Entidad
Local. La función de gestión y recaudación se concreta, entre otras, en el impulso y
dirección de los procedimientos de gestión y recaudación (artículo 5 RJFHN).



La Secretaría del Ayuntamiento ejerce la función pública de secretaría, integrada por la fe
pública y el asesoramiento legal preceptivo. En particular, habrá de asistir y levantar acta
de las sesiones de los órganos colegiados y publicarla en la sede electrónica de la
Corporación, certificar todos los actos o resoluciones de la Presidencia y los acuerdos de
los órganos colegiados decisorios, actuar como fedatario en la formalización de todos los
contratos, convenios y documentos análogos en que intervenga la Entidad Local y asistir
al Presidente de la Corporación, junto con el Interventor, para la formación del
presupuesto (artículo 3 RJFHN).



La Entidad debe rendir la Cuenta General de cada ejercicio a la Cámara de Cuentas de
Andalucía dentro del mes siguiente a su aprobación por el Pleno, en todo caso, antes del
primero de noviembre inmediato posterior al ejercicio económico que se refiera, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 11.b de la Ley de la Cámara de Cuentas de
Andalucía.

3. RESPONSABILIDAD DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA EN
RELACIÓN CON LA FISCALIZACIÓN DEL ENDEUDAMIENTO FINANCIERO
La responsabilidad de la Cámara de Cuentas es expresar una opinión sobre el endeudamiento
financiero presentado en las cuentas anuales de las entidades fiscalizadas y sobre el
cumplimiento del marco normativo vigente de las operaciones de endeudamiento financiero
realizadas en el ejercicio fiscalizado. (Apéndice 7.1.)

15.

Los trabajos se han llevado a cabo de conformidad con los principios fundamentales de
fiscalización de las Instituciones Públicas de Control Externo. En concreto, con las ISSAI-ES 100
“Principios fundamentales de fiscalización del Sector Público”, ISSAI-ES 200 “Principios
fundamentales de la fiscalización o auditoría financiera, ISSAI-ES 400 “Principios fundamentales
de la fiscalización de cumplimiento, así como las NIAS-es SP y las Guías Prácticas de Fiscalización
de los Órganos de Control Externo (GPF-OCEX) aplicables.

00299853

14.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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