3. Otras disposiciones. . (2024/70-57)
Resolución de 8 de abril de 2024, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización del endeudamiento financiero de los ayuntamientos de Almonte, Arcos de la Frontera, Barbate y Los Palacios y Villafranca. Ejercicio 2021.
52 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 70 - Jueves, 11 de abril de 2024

página 42902/29

A5.

La entidad dependiente Servicios Ayuda a Domicilio de Almonte S.L.U. tiene formalizado un
préstamo con garantía hipotecaria cuyo saldo pendiente al cierre del ejercicio es de 571.580,37
€. La entidad mercantil no tiene contabilizada a corto plazo la deuda que vence en el ejercicio
2022 ascendente a 20.705,18 € ni los intereses devengados pendientes de pago al cierre del
ejercicio 2021 por 25.721,12 €.

A6.

Durante el ejercicio fiscalizado, el Ayuntamiento ha formalizado un préstamo a largo plazo por
544.605,28 € y ha concertado una operación de crédito a corto plazo por 961.911,47 € cuyo saldo
dispuesto al cierre es de 849.554,11 €. Las entidades dependientes no han formalizado
operaciones de préstamos durante 2021.
La operación de préstamo formalizada se concierta para refinanciar dos cuotas de préstamos
mantenidos con entidades financieras con cargo al Fondo de Ordenación regulado en el artículo
39.1b) del Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre, de medidas de sostenibilidad financiera
de las comunidades autónomas y entidades locales y otras de carácter económico.

A7.

Se ha constatado que, al cierre del ejercicio fiscalizado, hay intereses devengados no pagados
por 158.253,31 € no contabilizados por la Corporación. En consecuencia, la cuenta de resultado
económico patrimonial se encuentra sobrevalorada en este importe. Esta cuestión no se ha
incluido en el fundamento de la opinión al no superar la cifra establecida de importancia relativa
para la emisión del informe.

A8.

En el informe de intervención sobre estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera
correspondiente al ejercicio 2021 se han detectado las siguientes incidencias que incumplen lo
dispuesto en la DF 31 de la LGPE 2013.




En el cálculo de la unidad teórica de amortización no se incluye uno de los préstamos
formalizados con capital pendiente de 663.897,73 €.
No se realiza el cálculo de forma consolidada con las entidades dependientes.
No se refleja la deuda viva de forma consolidada con las entidades dependientes. Al cierre
del ejercicio, estas entidades presentan una deuda viva de 632.246,57 €27.

A9.

De la documentación recibida, se constata que ni el Ayuntamiento ni las entidades dependientes
tienen concedidos avales al cierre del ejercicio fiscalizado.

A10.

En el ejercicio 2018 el Pleno del Ayuntamiento, al encontrarse en el ámbito de aplicación del
artículo 39.1.b) RDL 17/2014, solicitó la inclusión en el Fondo de Ordenación del Fondo de
Financiación de Entidades Locales. A dicha fecha no poseía los recursos necesarios para hacer
frente a sentencias judiciales firmes por 14.243.365,12 €.
Para ello, y en virtud del artículo 46 del RDL 17/2014 aprobó un plan de ajuste que suponía una
revisión del plan de ajuste aprobado en el ejercicio 2015 y que se encontraba en vigor en dicha
fecha. Este último se elaboró al amparo del Decreto-Ley 4/2012 de 24 de febrero, por el que se
determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un
mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales.

2 préstamos y un leasing con capital pendiente de 626.580,37 € y 5.666,20 €, respectivamente.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00299853

27

https://www.juntadeandalucia.es/eboja