5. Anuncios. . (2024/70-74)
Anuncio de 8 de abril de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Almería, por el que se da publicidad sobre el pago de expedientes de expropiación forzosa que se cita.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 70 - Jueves, 11 de abril de 2024

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5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Anuncio de 8 de abril de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda en Almería, por el que se da publicidad
sobre el pago de expedientes de expropiación forzosa que se cita.
PAGO DE EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN

A) Para pago mediante talón nominativo en el Ayuntamiento de Mojácar.
1. Acreditar su personalidad (DNI, NIE o Pasaporte y adjuntar fotocopia del mismo).
Cuando fueren varios titulares, deberán comparecer todos ellos, de no hacerlo deberán
presentar la documentación indicada en el punto segundo (2).
2. De actuar mediante representación, ésta deberá ser con documento que acredite la
representación por cualquier medio válido en derecho (original del Poder Notarial o Poder
«Apud Acta», otorgado ante Secretaria/o del Ayuntamiento o ante la Secretaria General
Provincial de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
en Almería. Y también deberán aportar fotocopia de dicho poder, así como fotocopia del
DNI del representante.
3. En el supuesto de personas jurídicas deberá aportarse CIF y copia de la Escritura
de Constitución, así como DNI del representante legal, y acreditación de su nombramiento,
inscrito en el Registro Mercantil, o el que proceda.
4. Nota Simple (original o fotocopia compulsada) del Registro de la Propiedad, o, en
su defecto, título justificativo de su derecho completado con certificaciones negativas del
Registro de la Propiedad referidas a la misma finca.
5. En el supuesto de que la finca esté hipotecada o embargada deberán aportar
autorización o conformidad del acreedor para poder cobrar la cantidad correspondiente.
B) Para pagos mediante transferencia bancaria se deberá de presentar la
documentación que se detalla a continuación en cualquiera de los lugares previstos en el
artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00299839

Aprobado el expediente de expropiación de los terrenos necesarios para la ejecución
de las obras de Proyecto: Variante costera de Mojácar. Tramo: Carretera A-1203–Paraje
de las Marinas. Mojácar (Almería). Clave: 3-AL-1980-0.0-0.0.PC, Depósitos Previos
–Complementarios–, Remesa núm. 2, y una vez hecho efectivo el libramiento para el
pago del percibo del importe del depósito previo, esta Delegación Territorial procede a dar
publicidad a los titulares de derechos en los expedientes de expropiación que se señalan,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cohonestado con
el artículo 48 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, modificado
por disposición adicional 10 de la Ley 21/1986, de 23 de diciembre.
Para el percibo de las cantidades que le corresponden esta Delegación Territorial
procede a dar publicidad a los titulares de derecho de expedientes de expropiación arriba
indicado, señalando día y horas en el Anexo I adjunto y al amparo del artículo 48.2 de la
Ley de 16 de diciembre de 1954, modificado por disposición adicional 10 de la Ley número
21/1986, de 23 de diciembre, y de los artículos 52 y siguientes del Decreto 197/2021, de
20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la
Tesorería General de la Junta de Andalucía y de la gestión recaudatoria, se deberá de
presentar la documentación que se detalla a continuación: