Disposiciones generales. . (2024/69-2)
Orden de 18 de marzo de 2024, para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, a entidades del Tercer Sector que faciliten una solución habitacional a víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 69 - Miércoles, 10 de abril de 2024

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Habiéndose publicado la propuesta provisional de resolución de la Convocatoria de Subvenciones, mi solicitud ha sido:
CONCEDIDA por el importe o pretensión solicitado.
CONCEDIDA por un importe o pretensión inferior al solicitado.
DESESTIMADA
DESESTIMADA pero aparezco como persona o entidad beneficiaria suplente.
Por lo que, dentro del plazo concedido en la propuesta:
ACEPTO la subvención propuesta.
DESISTO de la solicitud.
ALEGO lo siguiente:

OPTO. de conformidad con lo establecido en las bases reguladoras, y habiendo resultado persona o entidad beneficiaria
provisional/suplente de dos o más subvenciones, opto por la/s siguiente/s (rellenar cuando proceda):

00299702

OTRA/S (especificar):

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja