3. Otras disposiciones. . (2024/68-29)
Resolución de 3 de abril de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo a la Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Tercera del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla y se emplaza a los terceros interesados.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 68 - Martes, 9 de abril de 2024

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3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 3 de abril de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se
acuerda la remisión del expediente administrativo a la Sala de lo ContenciosoAdministrativo Sección Tercera del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía
de Sevilla y se emplaza a los terceros interesados.
Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Tercera del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía de Sevilla, sita en Avda. de Carlos V, s/n (Prado de San Sebastián), se
ha interpuesto por doña María Teresa Fernández Ales recurso contencioso-administrativo
núm. P.O. 54/2024 contra la desestimación por silencio administrativo del recurso de
alzada formulado contra la Resolución de 9 de mayo de 2023, de la Secretaría General
de Desarrollo Educativo, por la que se publican las puntuaciones definitivas del baremo
de méritos de las personas aspirantes en el procedimiento selectivo extraordinario de
estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a los Cuerpos de Profesores
de Enseñanza Secundaría, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos
de Música y Artes Escénicas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de
Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Maestros y
Profesores especialistas en sectores singulares de Formación Profesional, convocado
por Orden de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, de 14 de
noviembre de 2022.
Publicándose la presente para notificación a los terceros interesados y sirviendo de
emplazamiento para que puedan comparecer y personarse como demandados ante la
citada Sala, en el plazo de nueve días a contar desde el día siguiente al de la publicación
de esta resolución, mediante Procurador y Abogado, o solamente mediante Abogado
con poder al efecto, haciéndoseles saber que, de personarse fuera del plazo indicado,
se les tendrá por parte, sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del
procedimiento, y que si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por
sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna.

00299698

Sevilla, 3 de abril de 2024.- La Secretaria General Técnica, Isabel Gabella Valera.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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