3. Otras disposiciones. . (2024/66-35)
Resolución de 21 de marzo de 2024, de Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Granada, por la que se hace pública la delimitación de las áreas de influencia y limítrofes en el procedimiento de admisión para el primer ciclo de la educación infantil.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 66 - Viernes, 5 de abril de 2024

página 42594/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 21 de marzo de 2024, de Delegación Territorial de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación
en Granada, por la que se hace pública la delimitación de las áreas de influencia
y limítrofes en el procedimiento de admisión para el primer ciclo de la educación
infantil.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden de 8 de marzo de 2011, por la que
se regula el procedimiento de admisión para el primer ciclo de la educación infantil en
las escuelas infantiles y centros de educación infantil (BOJA núm. 51, de 14 de marzo),
y de conformidad con lo previsto en el art. 41.6 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo,
por resolución de la persona titular de cada Delegación Territorial de la Consejería
competente en materia de educación, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía, oído el correspondiente Consejo Escolar Provincial y, en su caso, los Consejos
Escolares Municipales, se delimitarán las áreas de influencia de cada provincia, así como
sus modificaciones, de acuerdo con el número de puestos escolares autorizados en
cada centro educativo y la población de su entorno. Asimismo, se determinarán las áreas
limítrofes a las anteriores.
Por todo ello, esta Delegación Territorial, oído el Consejo Escolar Provincial y, en su
caso, los Consejos Escolares Municipales,
HA RESUELTO
Primero. Aprobar la delimitación de las áreas de influencia y limítrofes de los centros
docentes que imparten el primer ciclo de educación infantil en las escuelas infantiles de
titularidad de la Junta de Andalucía y en las escuelas infantiles y centros de educación
infantil adheridos al Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización
en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía, que quedarán expuestas en el
tablón de anuncios de esta Delegación Territorial con anterioridad al inicio del plazo
de presentación de solicitudes y, en todo caso, durante el mes de abril de cada año, a
efectos de publicidad.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente,
conforme a lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, y en el
plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, recurso de reposición
ante esta Delegación Territorial de Educación, de acuerdo con los artículos 123 y
siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
Granada, 21 de marzo de 2024.- La Delegada, María José Martín Gómez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00299542

Segundo. Las áreas de influencia y limítrofes a las que se refiere esta resolución
estarán vigentes en los procedimientos de admisión del alumnado que se lleven a cabo a
partir de la publicación de esta resolución en tanto no se proceda a su modificación en la
forma prevista en el artículo 41.1 del Decreto 149/2009 y en el artículo 2 de la Orden de 8
de marzo de 2011, citados con anterioridad.