Disposiciones generales. . (2024/66-2)
Acuerdo de 2 de abril de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Estrategia de Promoción de una Vida Saludable en Andalucía 2024-2030.
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Número 66 - Viernes, 5 de abril de 2024

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que dispone, promoverá el desarrollo de actuaciones de educación para la salud y de
promoción de estilos de vida saludables entre la población, así como la promoción de
la salud y prevención de enfermedades en los grupos de mayor riesgo, como elementos
primordiales para contribuir a la mejora de la salud individual y colectiva. Por último, en
su artículo 33, establece que de conformidad con los criterios y pautas que establezca
el Plan Andaluz de Salud, y teniendo en cuenta las especificidades de cada territorio, se
elaborarán planes de salud específicos por los órganos correspondientes de cada una de
las áreas de salud.
La Ley 16/2011, de 23 de diciembre, de Salud Pública de Andalucía reconoce, en su
artículo 12, el derecho a la promoción de la salud de la población andaluza y la define
como el proceso que permite a las personas incrementar el control sobre su salud para
mejorarla.
La promoción de la salud se aborda desde una perspectiva de desarrollo local,
intersectorial, de participación ciudadana, considerando los diferentes espacios donde se
desenvuelve la vida de las personas en las diferentes edades y abordando, entre otros
aspectos, el desarrollo saludable de la etapa perinatal e infantil, la alimentación sana,
la actividad física, la sexualidad responsable, las relaciones igualitarias, los lugares de
trabajo y espacios de ocio saludables, y el envejecimiento activo. Así mismo, se potencia
la identificación y el aprovechamiento de los recursos o activos con los que cuentan las
personas y los colectivos como factores protectores para mejorar su nivel de salud y
bienestar, con especial atención a la promoción del deporte, el baile, el estímulo de los
estilos de convivencia y comunicación propios de Andalucía, la dieta mediterránea, el
intercambio generacional y otros activos de los que se tenga constancia de su carácter
saludable.
En el ámbito de la protección de la salud se establecen medidas para proteger la salud
ambiental, la seguridad alimentaria y la preservación de un entorno de vida saludable que
afecte a los espacios públicos donde se desenvuelve la vida humana, comprendiendo la
ordenación del territorio y del urbanismo, los medios de transporte y la habitabilidad de
las viviendas.
El Decreto 51/2017, de 28 de marzo, de desarrollo de los derechos y las
responsabilidades de la ciudadanía en relación con la salud pública, consolida y
desarrolla los derechos en relación con la promoción de la salud en todo el ciclo vital de
las personas, en los diferentes entornos y promoción del bienestar y la salud positiva,
además de afianzar la visión de «salud en todas las políticas», con especial relevancia
de las alianzas y la colaboración con el sector educativo y los Ayuntamientos. También
establece el desarrollo de mecanismos de información continuada con la finalidad de dar
a conocer a la ciudadanía las cuestiones más relevantes sobre estilos de vida saludables
y generadores de bienestar y sobre promoción de la salud.
El Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Salud y Consumo, en su artículo 8.a) y l), atribuye a la Dirección General
de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica la función de la evaluación del estado de
salud de la población de Andalucía, y el desarrollo y ejecución de las Estrategias y de los
Planes integrales y sectoriales en materia de salud pública.
La Organización Mundial de la Salud proclamó en 2015 que «el goce máximo de
Salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano».
Esta misma entidad definió en 1946 la salud como un «estado de completo bienestar
físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades».
Desde entonces el concepto de salud ha seguido evolucionando hacia una concepción
de manera constructiva, donde adquiere un papel importante los procesos de promoción
de la salud y no solo la prevención y tratamiento de la enfermedad, hacia donde ya se
encaminaba esta definición de 1946.
La promoción de la salud reconoce a la misma como un concepto positivo y se centra en
los factores que contribuyen a ella. Busca que las personas desarrollen su mayor potencial
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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