3. Otras disposiciones. . (2024/65-38)
Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, por la que se ordena la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la memoria anual 2022-2023 de la institución.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 65 - Jueves, 4 de abril de 2024

página 42553/35

Por resolución de 20 de marzo de 2023 de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción
se crea y se ordena la puesta en funcionamiento del canal externo de información en
Andalucía.

5.2.1.

¿Quién puede denunciar ante la OAAF?

La Ley 2/2021, de 18 de junio, permite denunciar a cualquier persona, independientemente de
su relación laboral con la entidad, y además impone la obligación a determinadas personas,
en concreto a empleados del sector público andaluz, a comunicar cualquier infracción sobre
la que haya tenido conocimiento.
En las entidades que no prevean canales de denuncia interna, los denunciantes deben poder
informar externamente a la OAAF y dichos denunciantes gozan de protección frente a
represalias, si así lo solicitan.

5.2.2.

¿Qué hechos se pueden denunciar?

Se pueden denunciar ante la Oficina cualquier hecho que pudiera ser constitutivo de fraude,
corrupción, conflicto de intereses o cualquier actividad ilegal que vaya en detrimento de
intereses públicos o financieros del ámbito territorial de Andalucía.

5.2.3.

¿Cómo se puede interponer una denuncia ante la OAAF?

Las alternativas para presentar una denuncia ante la Oficina Andaluza Contra el Fraude y la
Corrupción son:
1. A través del Canal de denuncias de la página web de la Oficina.

00299500

(sin certificado digital). https://buzon.antifraudeandalucia.es/#/

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja