3. Otras disposiciones. . (2024/65-38)
Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, por la que se ordena la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la memoria anual 2022-2023 de la institución.
76 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 65 - Jueves, 4 de abril de 2024

página 42553/31

5.1.1. Características de los canales internos de denuncia
Los canales internos de denuncia estarán integrados en el SII de forma que posibilite la
presentación de denuncias internas deben cumplir con las siguientes prescripciones
obligatorias:
Confidencialidad y anonimato:


Deben estar diseñados, establecidos y gestionados de una forma segura que garantice
que la confidencialidad de la identidad del denunciante y de cualquier tercero
mencionado en la denuncia esté protegida, e impida el acceso a ella al personal no
autorizado.



En el caso de denuncias anónimas debe garantizarse el anonimato del usuario.

Vías de denuncia:


Deben permitir la recepción de denuncias por escrito o verbalmente, o de ambos
modos.



La denuncia verbal será posible por vía telefónica o a través de otros sistemas de
mensajería de voz.



La denuncia verbal también será posible, previa solicitud del denunciante, por medio
de una reunión presencial dentro de un plazo razonable.

Tramitación:


En un plazo no superior a siete días se debe emitir acuse de recibo a la persona
denunciante a partir de la recepción de la denuncia.



En un plazo no superior a tres meses se debe dar respuesta a la denuncia. El plazo
contará desde el acuse de recibo o a partir del vencimiento del plazo de siete días
después de interponerse la denuncia, en el caso de que no se hubiese emitido acuse

00299500

de recibo.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja