Disposiciones generales. . (2024/65-1)
Resolución de 11 de marzo de 2024, de la Secretaría General de Acción Exterior, Unión Europea y Cooperación, por la que se prorrogan las becas de formación y especialización sobre la Unión Europea y Acción Exterior para 2022-2023, convocadas mediante Resolución de 24 de febrero de 2022.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
6 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 65 - Jueves, 4 de abril de 2024

página 42152/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL
Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución de 11 de marzo de 2024, de la Secretaría General de Acción
Exterior, Unión Europea y Cooperación, por la que se prorrogan las becas de
formación y especialización sobre la Unión Europea y Acción Exterior para
2022-2023, convocadas mediante Resolución de 24 de febrero de 2022.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Mediante Resolución de 24 de febrero de 2022, de la Secretaría General de
Acción Exterior, se convocaron las becas de formación y especialización sobre la Unión
Europea y Acción Exterior para 2022-2023 (BOJA núm. 45, de 8 de marzo de 2022),
reguladas por Orden de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior,
de 13 de diciembre de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la
concesión, en concurrencia competitiva, de becas de formación y especialización sobre
la Unión Europea y Acción Exterior (BOJA núm. 242, de 20 de diciembre de 2021). En
la citada Resolución de 24 de febrero de 2022 se convocaron un total de diez becas de
formación y especialización sobre la Unión Europea y Acción Exterior: siete becas con
destino en la Secretaría General de Acción Exterior, Unión Europea y Cooperación en
Sevilla, y tres becas con destino en la Delegación de la Junta de Andalucía, en Bruselas.
Segundo. Mediante Resolución de 13 de septiembre de 2022, de la Secretaría General
de Acción Exterior, Unión Europea y Cooperación (BOJA núm. 180, de 19.9.2023), se
concedieron las diez becas de formación y especialización sobre la Unión Europea y Acción
Exterior para 2022-2023, convocadas mediante la resolución citada en el punto anterior.

Cuarto. La fecha de finalización de todas las becas adjudicadas según las sucesivas
resoluciones de concesión antes citadas es el 30 de septiembre de 2023, las cuales fueron
prorrogadas por un periodo inicial de 6 meses por la Resolución de 22 de septiembre de
2023, del Secretario General de Acción Exterior, Unión Europea y Cooperación, en base
al artículo 6.1 de la citada Orden de 13 de diciembre, que señala que las becas tendrán
una duración máxima de doce meses, con la posibilidad de prorrogar por períodos de
hasta seis meses, con un máximo de dos prórrogas, a todas las personas beneficiarias
que la estuvieran disfrutando en ese momento, cuando no se haya publicado o resuelto la
siguiente convocatoria, siempre que lo permitan las disponibilidades presupuestarias. Se
da la circunstancia de que no ha sido posible realizar una nueva convocatoria de becas
durante el año 2023.
El mismo artículo señala en su punto 2 que la suma de los periodos de disfrute de
esta beca, en sus distintas convocatorias o prórrogas, no podrá superar los dos años.
Sexto. Entre las personas beneficiaras de las becas hay actualmente cuatro personas
que, tras su primer año de beca, fueron prorrogados por la Resolución de 22 de
septiembre de 2023, por un periodo inicial de 6 meses, desde el 1 octubre de 2023 al 31
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00299503

Tercero. Posteriormente se produjeron diversas renuncias de becarios, por lo cual,
siguiendo lo establecido en el artículo 28.3 de la mencionada Orden de 13 de diciembre
de 2021, la Secretaría General de Acción Exterior, Unión Europea y Cooperación procedió
a publicar la Resolución de 20 de octubre de 2023 (BOJA núm. 207, de 27.10.2022) y la
Resolución de 25 de abril de 2023 (BOJA núm. 85, de 8.5.2023) para adjudicar las becas
vacantes a las personas suplentes según el orden establecido en las listas publicadas en
las sucesivas resoluciones y que no hubieran renunciado posteriormente.