3. Otras disposiciones. . (2024/65-28)
Orden de 26 de marzo de 2024, por la que se aprueba y da publicidad al formulario de autorización de personas veterinarias no adscritas a la Administración de la Junta de Andalucía para efectuar pruebas de intradermotuberculinización en el marco del Programa Nacional de Erradicación de la Tuberculosis Bovina.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
6 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 65 - Jueves, 4 de abril de 2024

página 42532/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 26 de marzo de 2024, por la que se aprueba y da publicidad al formulario
de autorización de personas veterinarias no adscritas a la Administración de la
Junta de Andalucía para efectuar pruebas de intradermotuberculinización en el
marco del Programa Nacional de Erradicación de la Tuberculosis Bovina.
El Programa Nacional de Erradicación de Tuberculosis Bovina se presenta anualmente
a la Comisión Europea, para todo el territorio nacional, por parte de la Administración
General del Estado, a fin de su aprobación y eventual cofinanciación comunitaria. En
dicho programa se recoge cada año el requisito de la formación previa reglada de
personas veterinarias no adscritas a la Administración de la Junta de Andalucía para
efectuar pruebas de intradermotuberculinización en el marco de ese programa, y se
establece la necesidad de la autorización expresa a esas personas veterinarias por parte
de la autoridad competente para poder desempeñar este cometido.
Las actuaciones de formación serán convocadas periódicamente por parte de las
Administraciones y/o organizadores autorizados a este efecto por las mismas. A las
convocatorias de las mismas se les dará la difusión necesaria para conocimiento de las
personas veterinarias que pudiesen estar interesadas en realizar la formación.
Las actuaciones formativas serán de dos tipos: un curso inicial con contenido teórico
y práctico, que permitirá obtener luego una autorización para efectuar las pruebas de
intradermotuberculinización durante tres años posteriores a la formación, y un curso de
actualización, que permitirá renovar la autorización inicial para efectuar las pruebas de
intradermotuberculinización durante cinco años posteriores a la formación.
Las autorizaciones, cuando procedan, serán expedidas de oficio en favor de las
personas veterinarias de Directorio y/o de Asociaciones de Defensa Sanitaria Ganadera
y notificadas a las personas interesadas por parte de la Junta de Andalucía siempre que
haya organizado la formación por si misma o en cuanto disponga de los certificados
acreditativos de la formación impartida por la entidad organizadora. Las personas
interesadas podrán solicitar también la correspondiente autorización.
El Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de Administración electrónica, simplificación
de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, determina en
el artículo 6.3.f) que, entre otros, es un criterio de reducción de cargas y simplificación
documental la normalización documental, fundamentalmente de los formularios de
solicitud, declaraciones responsables, comunicaciones, certificaciones y documentos de
análogo carácter, diseñando modelos que faciliten y agilicen su cumplimentación, con los
datos mínimos necesarios para identificar a la persona interesada y facilitando, cuando
sea posible, su precumplimentación. Y el artículo 12.9 dispone que todos los formularios
y modelos específicos que tengan carácter obligatorio por establecerlo así de manera
expresa la norma o acto de aprobación deberán ser publicados en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.

RESU ELVO
Primero. Aprobación de los formularios.
1. Aprobar y dar publicidad al modelo normalizado (código de procedimiento 25314)
de autorización de personas veterinarias no adscritas a la Administración de la Junta
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00299473

Por lo anteriormente expuesto, y en ejercicio de la competencia que me confiere el
Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,