3. Otras disposiciones. . (2024/65-33)
Orden de 20 de marzo de 2024, por la que se autoriza la creación de la Colección Museográfica Municipal de Artes Plásticas de Martos (Martos, Jaén) y se acuerda su inscripción en el Registro de Museos de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 65 - Jueves, 4 de abril de 2024

página 42568/3

Cuarto. En la percepción de derechos económicos por la visita pública deberá, en
todo caso, aplicarse el principio de igualdad entre las personas nacionales de los Estados
miembros de la Unión Europea, así como garantizarse el acceso gratuito los días que
establece el artículo 22.2 de la la Ley 8/2007, de 5 de octubre, de Museos y Colecciones
Museográficas de Andalucía.
Quinto. Por la persona titular de la Colección Museográfica Municipal de Artes
Plásticas de Martos deberá remitirse a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte la
información que se detalla en el artículo 11 del Reglamento de Creación de Museos y
de Gestión de Fondos Museísticos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado
por el Decreto 284/1995, de 28 de noviembre, y garantizarse la conservación y el
mantenimiento de los bienes culturales que integran los fondos fundacionales o futuros
de la institución, así como la protección y accesibilidad de los mismos, en las condiciones
legalmente previstas y que se establezcan.
Sexto. Se acuerda inscribir la Colección Museográfica Municipal de Artes Plásticas
de Martos en el Registro de Museos de Andalucía. La inscripción se practicará por la
Dirección General de Museos y Conjuntos Culturales con el código 101-B-075, en los
términos del fundamento jurídico quinto de esta orden.
Séptimo. Ordenar la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía, de conformidad con el artículo 8.5 del Reglamento de Creación de Museos
y de Gestión de Fondos Museísticos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes,
contado desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, conforme a lo
dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 20 de marzo de 2024
CARLOS ARTURO BERNAL BERGUA

00299516

Consejero de Turismo, Cultura y Deporte

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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