3. Otras disposiciones. . (2024/64-12)
Resolución de 13 de marzo 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos, y de Industria, Energía y Minas en Sevilla, por la que se concede modificación de autorización administrativa previa y de construcción, y declaración en concreto de utilidad pública, ubicada en el término municipal de Carmona hasta Guillena (Sevilla). (PP. 401/2024).
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Número 64 - Miércoles, 3 de abril de 2024

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en el proyecto, el cual incorpora las soluciones técnicas que permiten cumplir con los
condicionantesˮ.
• “El proyecto ha obtenido la autorización ambiental unificada mediante el informe
vinculante de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía
Azul en Sevilla, de 17 de enero de 2023 (expediente núm. AAU/SE/0689/2021/N), la
cual contiene, en su Anexo V, todas las determinaciones resultantes de la evaluación de
impacto ambientalˮ.
• “Entre los factores analizados en la evaluación de impacto ambiental del proyecto,
se encuentra la salud de las personas, tal y como se recoge en el resumen del estudio
de impacto ambiental incluido en el referido Anexo V del informe vinculante del proyectoˮ.
• “La alegante no acredita los supuestos perjuicios que la línea eléctrica le causaríaˮ.
Rafael, Severino Antonio, Pilar Ana y Mariana Fernández Blanco, titulares de la
finca ubicada en la parcela 7 del polígono 24 del término municipal de Castilblanco de
los Arroyos (Sevilla), formulan alegaciones oponiéndose a la implantación de la línea
de referencia. Asimismo, Manuel Antonio Fernández Cabrera, presenta escrito de
alegaciones por afección a la misma finca, en idénticos términos. Trasladados ambos
escritos a la peticionaria, se reciben las respuestas a los mismos, las cuales obran en el
expediente, y que en resumen indican lo siguiente:
• “El proyecto goza ope legis de la condición de utilidad públicaˮ. “En todo caso, como
se recoge en la memoria de la DUP, se debe poner de manifiesto que el otorgamiento
DUP del proyecto no obsta para que esta parte continúe manteniendo un contacto
continuo con los particulares, como los Alegantes, cuyos bienes y derechos resultan
afectados con objeto de alcanzar y formalizar todos los acuerdos posiblesˮ.
• “El proyecto ha obtenido un pronunciamiento favorable tras la evaluación de impacto
ambiental». «Adicionalmente, se debe indicar que, mediante resolución de la Presidencia
de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, de 20 de julio de 2023, se ha concedido
a esta parte autorización para las obras con afección al dominio público hidráulico y a la
zona de policía de los cauces afectados por el proyecto».
• “El proyecto de Almazara Solar S.L.U., no causará ningún perjuicio grave a la salud
de las personas o animales y cumple con las limitaciones a la imposición de servidumbres
de pasoˮ. Asimismo, con respecto a la edificación destinada a vivienda, aclara: “la línea
eléctrica cumple con la distancia de seguridad establecida en el apartado 5.12.2 de la
ITCLAT-07 de líneas aéreas. Así, la línea eléctrica proyectada mantiene una distancia de
17,35 m desde su sobrevuelo hasta el borde más próximo de la edificación en cuestión,
lo que supera ampliamente la distancia de 5 m resultante de aplicar el referido apartado
5.12.2 de la ITC-LAT-07 de líneas aéreasˮ.
• “La servidumbre de paso de energía eléctrica no vulnera ninguna de las limitaciones
a la constitución de la referida servidumbre de paso establecidas en los artículos 58 de la
LSE y 161 del RD 1955/2000, pues la línea eléctrica no se ubica sobre edificaciones, ni
jardines o huertos de superficie inferior a media hectárea, ni resulta viable su localización
sobre bienes de dominio público, por lo que dicho trazado resulta plenamente compatible
con la normativa de aplicación (además de suponer la alternativa óptima desde el punto
de vista técnico y ambiental)ˮ.
• El proyecto cumple con todas las distancias de seguridad respecto del resto de
líneas existentes.»
La mercantil Agrocultivos, S.L., dada la afección sobre las parcelas de su propiedad
3 y 25 del polígono 19 y de las parcelas 7 y 23 del polígono 17 del término municipal
de Carmona, formula una serie de alegaciones de índole ambiental y urbanístico. El
solicitante manifiesta sus reparos, en los términos que obran en el expediente, indicando
que: «El proyecto se ha sometido a evaluación de impacto ambiental conforme a la
normativa vigente y ha obtenido la autorización ambiental unificada mediante el Informe
vinculante de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía
Azul en Sevilla, de 17 de enero de 2023». Adicionalmente, presenta argumentaciones
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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