Disposiciones generales. . (2024/63-6)
Orden de 8 de marzo de 2024, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones para el año 2024 al amparo de la Orden de 4 de septiembre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico, dentro del Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea ? Nextgeneration EU (línea 1).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 63 - Martes, 2 de abril de 2024

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puestos a disposición de posibles beneficiarios en las distintas convocatorias o en caso
de renuncia por parte de los adjudicatarios. En esos casos la Comunidad autónoma o
Ciudad con Estatuto de Autonomía podrá proceder a la redistribución de estos fondos
entre las distintas líneas de actuación, a celebrar nuevas convocatorias o a acumular
dichos fondos a los que se le asignen para la misma finalidad en ejercicios posteriores.
Por ello, se convoca la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva a través de la presente orden, al amparo de la Orden de 4 de septiembre
de 2024, dentro del Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos, en el
marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión
Europea – NextGenerationEU. La convocatoria para el presente año 2024 estará limitada
a las disponibilidades presupuestarias procedente de los remanentes de crédito derivados
de la Conferencia Sectorial del 14 de abril de 2021 y de la Conferencia Sectorial de Medio
Ambiente del 20 de junio de 2022.
Las subvenciones que se financian a través de esta orden se enmarcan en la
inversión C12.I3 «Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos y al
fomento de la economía circular», del Componente 12 «Política Industrial 2030» del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España y contribuirán al cumplimiento
de los objetivos asociados a la misma. Asimismo, cabe señalarse que esta Orden
contemplan las exigencias y controles establecidos por el Estado para la tramitación de
las actividades sufragadas por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Estas subvenciones no tienen la consideración de ayudas de estado puesto que se
dirigen al cumplimiento de un servicio público obligatorio, concretamente a la gestión
de residuos domésticos, cuya competencia es asumida por las entidades locales por
estar considerada como servicio mínimo municipal, según lo dispuesto en la normativa
vigente al efecto, no afectando, por tanto, a los intercambios comerciales entre los
estados miembros y no teniendo ningún impacto sobre la unidad de mercado. Por ello,
las presentes bases se establecen en base al principio del compromiso con el resultado,
bajo el respeto de hitos y objetivos; la prevención, detección y corrección del fraude, la
corrupción y los conflictos de intereses; la compatibilidad con el régimen de ayudas de
Estado y la prevención de doble financiación. En virtud de lo expuesto y en ejercicio de
la competencia que me confiere en el artículo 3 del Decreto 162/2022, de 9 de agosto,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul, así como en los artículos 115 del Decreto Legislativo 1/2010,
de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía y 22 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que
se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de concesión de Subvenciones de la
Administración de la Junta de Andalucía,

Primero. Convocatoria.
1. Se convoca para el año 2024, en régimen de concurrencia competitiva, la
concesión de subvenciones dirigidas a los municipios u otras entidades locales, tales
como mancomunidades, o los consorcios o empresas públicas constituidos por dichas
entidades locales, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que
tengan asumida la competencia de prestar los servicios de recogida de residuos sólidos
urbanos, y que presenten proyectos de implantación, ampliación o mejora de la recogida
separada de biorresiduos destinados a instalaciones específicas de tratamiento biológico
(compostaje, digestión anaerobia o ambas), dentro del plan de apoyo a la implementación
de la normativa de residuos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU (línea 1, sublínea 1.1),
bajo los principios de publicidad, transparencia, objetividad, no discriminación, eficacia
en el cumplimiento de los objetivos fijados en la presente disposición y eficiencia en la
asignación y utilización de los recursos públicos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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