Disposiciones generales. . (2024/62-4)
Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones para el año 2024 correspondientes a la Intervención Sectorial Apícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027, al amparo de la Orden de 21 de julio de 2023, que se cita.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Lunes, 1 de abril de 2024

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ANEXO I

7. DOCUMENTACIÓN
Sólo en el caso de póliza individual, aportar la siguiente documentación:


1.- Póliza del seguro de responsabilidad civil de las colmenas vigente desde el inicio hasta el final del período de elegibilidad
de los gastos de la convocatoria.



2.- Documento de pago de la prima correspondiente a la póliza del seguro de las colmenas, en caso que el importe total de la
póliza (impuestos incluídos) sea superior a 1.000,00 euros.
❒ La documentación anterior (1/2) que no se aporta fue presentada en la campaña ………………...
(Expte: AP/ ……………….../ ……………….../………………...)

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

En caso de personas jurídicas, cooperativas apícolas, organizaciones representativas, asociaciones y agrupaciones de
apicultores, además:


Certificado expedido por el órgano gestor en el que conste el acuerdo y la persona autorizada para solicitar las ayudas. (La
siguiente documentación también deberá aportarse salvo que ya se hubiese presentado en campañas anteriores, debiéndose
marcar y cumplimentar en su caso las opciones que procedan).



1.- NIF.



2.- Documento de Constitución y Estatutos, así como las modificaciones posteriores debidamente inscritas en el Registro
correspondiente.

❒ La documentación anterior (1/2) que no se aporta fue presentada en la campaña ………………...
(Expte: AP/ ……………….../ ……………….../………………...)
En caso de solicitudes para las intervenciones 1 y 3 y para los socios apicultores que no soliciten ayuda a ninguna acción de
la intervención 2, además:


Relación detallada de apicultores según modelo RAP.

En caso de solicitudes para las intervenciones 6 y 7, además:


Facturas de venta de miel, certificado o documentos acreditativos de la cantidad de miel comercializada en el año apícola, al
objeto de acreditar el volumen de miel producida y comercializada (ANEXO I de la Orden reguladora).



Certificado con la relación de las personas apicultoras que integran la agrupación.

En relación con los criterios de valoración de las solicitudes de ayudas establecidos en la Orden, que se han de cumplir a
fecha de inicio del plazo de solicitud de ayuda, la persona solicitante aporta junto a la solicitud de ayuda la siguiente
documentación: (marcar lo que proceda)
A) Acreditación de la participación en regímenes de figuras de calidad diferenciada reconocidas:

006157



Participación en regímenes de figuras de calidad diferenciada reconocidas conforme al Reglamento (UE) núm. 1151/2012 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y
alimenticios, o conforme al Reglamento (CE) núm. 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018,
sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm.
834/2007 del Consejo.

B) Pertenencia del/de la solicitante a una cooperativa apícola:
Aporta documentación acreditativa.

00299360



Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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