Disposiciones generales. . (2024/62-1)
Orden de 22 de marzo de 2024, por la que se regula la presentación de autoliquidaciones, declaraciones y otros documentos vinculados a la gestión de ingresos en la Plataforma de Pago y Presentación, la realización de los ingresos de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, así como la prestación del servicio de colaboración de las entidades de crédito en la gestión recaudatoria.
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Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Lunes, 1 de abril de 2024

página 42422/39

Código

Descripción

77

C.C.C. inexistente.

78

C.C.C. inoperante.

79

NIF del contribuyente no titular a la cuenta. En desuso.

80

NIF representante no apoderado de la cuenta.

81

Contribuyente no persona jurídica (e informa representante). En desuso.

82

Falta segundo NIF por se cuenta conjunta.

83

El segundo NIF no corresponde a titular de la cuenta.

85

No hay suficientes apoderados.

86

Esta entidad no atiende la solicitud de cargo por esta vía en este rango
horario (y se le añade opcionalmente explicación de horario de servicio
que puede venir en la cadena de respuesta desde la posición 211 hasta la
400)

99

Error técnico.

Consulta de NRC de una orden de cargo
Para los casos de fallos en las comunicaciones se le dará al contribuyente la opción de consultar el
resultado de la operación, para lo cual es necesario este mensaje de consulta del NRC correspondiente una
autoliquidación realizada con anterioridad, a la entidad financiera.
Para ello realizará una consulta aportando los mismos datos que utilizó en la solicitud de cargo.
Solo pueden existir dos respuestas a una operación de consulta:
1.- Si la operación de cargo anterior llegó a materializarse en la entidad, esta responderá a la consulta con
el mismo mensaje de confirmación de la operación que se envió en la correspondiente operación de pago
(incluido el código de retorno 00 y el NRC).
2.- En cualquier otro caso indicará que no consta el cargo consultado (código de retorno 71).
Cualquier otra respuesta se considerará como error técnico en la operación.
Así pues, el mensaje de petición es idéntico al presentado para el cargo, con la excepción de que en el
campo 5 (Tipo de Petición) se especifica valor “02” (consulta), en lugar de “01” (Alta). La respuesta, como se
ha indicado arriba, tiene formato idéntico.

Seguridad

El aseguramiento de la autenticidad se realizará mediante las técnicas criptográficas que se describen.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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