Disposiciones generales. . (2024/62-1)
Orden de 22 de marzo de 2024, por la que se regula la presentación de autoliquidaciones, declaraciones y otros documentos vinculados a la gestión de ingresos en la Plataforma de Pago y Presentación, la realización de los ingresos de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, así como la prestación del servicio de colaboración de las entidades de crédito en la gestión recaudatoria.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Lunes, 1 de abril de 2024

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ANEXO V
NORMAS TÉCNICAS DE GENERACIÓN DEL NÚMERO DE REFERENCIA COMPLETO (NRC).
La generación del Número de Referencia completo (NRC), se realizará según las Normas Técnicas contenidas
en el presente Anexo.
1. Generación de la clave de cifrado en la entidad colaboradora.
Las entidades colaboradoras obtendrán de la Agencia Digital de Andalucía las claves precisas para la
generación de NRC para las Cartas de Pago emitidas por la Junta de Andalucía.
La generación de NRC está basada en un sistema de claves compartidas entre la entidad colaboradora y la
Junta de Andalucía. A tal efecto, la Agencia Digital de Andalucía generará una clave de cifrado única para cada
entidad colaboradora y las claves previas y de contrastes necesarias para la generación de la clave de cifrado
en la entidad colaboradora. Dichas claves serán comunicadas a las entidades colaboradoras por la Dirección
General competente en materia de Tesorería.
La generación de la clave en las entidades colaboradoras se efectuará conforme al siguiente procedimiento:
A) Se comunicará por separado a cada uno de los dos responsables de la entidad colaboradora una parte de
la clave previa (16 caracteres en hexadecimal, equivalentes a 8 bytes) necesaria para la generación de la clave
de generación de NRC, así como la clave de contraste que permitirá verificar la validez de la clave generada.
B) Se aplicará un XOR (algoritmo de cifrado en flujo) entre las dos partes de la clave enviadas a los
responsables, para obtener como resultado una clave de 8 bytes (clave en limpio).
C) La clave obtenida en el apartado B) servirá de entrada al algoritmo de cifrado DES para obtener una clave
de cifrado tipo MAC, exclusiva para esa entidad colaboradora y que deberá ser guardada en un fichero
cifrado.
Una vez generada la clave, se procederá a validarla de la siguiente forma:
A) Se aplicará un algoritmo MAC 4 de salida hexadecimal con la clave generada y la cadena 00000000 (ocho
ceros en código EBCDIC, equivalentes en hexadecimal a: F0F0F0F0F0F0F0F0).

La clave así generada y guardada por la entidad colaboradora en un fichero cifrado servirá, a partir del
momento en que esté validada y contrastada correctamente, para generar en el futuro todos los NRC de
dicha entidad.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00299329

B) La salida obtenida será una clave de contraste formada por ocho caracteres hexadecimales. Si esta salida
coincide con la clave de contraste enviada por la Junta de Andalucía significará que la generación de la clave
de cifrado en esa entidad ha sido correcta; en caso contrario, la entidad colaboradora deberá ponerse en
contacto con la Agencia Digital de Andalucía, a través de los medios que figurarán en las comunicaciones
enviadas a los responsables a tal fin, mediante medidas de seguridad específicas.