Disposiciones generales. . (2024/62-3)
Extracto de la Resolución de 26 de marzo de 2024, de la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación, por la que se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas a las familias para fomentar la escolarización de menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de educación infantil adheridos al programa de ayudas para el curso 2024-2025.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 62 - Lunes, 1 de abril de 2024

página 1984/2

favorecer la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía
(BOJA extraordinario número 1, de 29 de marzo de 2017), la Instrucción Conjunta de 21
de febrero de 2024, de la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza
Concertada y de la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación,
sobre determinados aspectos relativos al procedimiento de admisión y matriculación
del alumnado y a la concesión de ayudas económicas a las familias en el primer ciclo
de la educación infantil para el curso 2024-2025 en centros adheridos al programa de
ayuda para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en
Andalucía, que se encuentran disponible en la web
https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portales/en/web/escolarizacion/0-a-3-anos/
programa-de-ayudas-a-las-familias
y demás normativa de aplicación.
Quinto. Importe.
La cuantía de las ayudas será el importe equivalente a una bonificación sobre el
precio que tienen que abonar las familias al centro adherido al Programa de ayuda en el
que esté matriculado el niño o la niña, en función de la renta y del número de miembros
de la unidad familiar.
Tendrán una bonificación del 100% del precio publicado en la resolución de centros
adheridos al Programa de ayuda los supuestos de gratuidad establecidos tanto en la base
primera como en la segunda del Anexo III del Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de
medidas urgentes para favorecer la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil
en Andalucía, modificado por el Acuerdo de 25 de marzo de 2024 del Consejo de Gobierno.
Los importes de la ayuda equivalentes a una bonificación inferior al 100% del precio a
abonar serán los que resulten por aplicación de lo dispuesto en el apartado 3 tanto de la
base primera como de la segunda del Anexo III del Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo,
modificado por el Acuerdo de 25 de marzo de 2024, del Consejo de Gobierno, teniendo en
cuenta el precio publicado en la resolución de centros adheridos al Programa de ayuda.
Las ayudas se financiarán con créditos del presupuesto de la Agencia Pública
Andaluza de Educación (sección presupuestaria 1151) y se harán efectivas con cargo a
las siguientes partidas presupuestarias, por las cuantías máximas y con los compromisos
de gasto de carácter plurianual, conforme a la distribución siguiente:
ANUALIDAD

PARTIDA PRESUPUESTARIA

2024

G/42I/48000/00

2025

G/42I/48000/00

TOTAL

CUANTÍA MÁXIMA
53.287.881,75 €
99.838.730,00 €
153.126.611,75 €

Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en
el presente BOJA junto con la convocatoria, pudiéndose acceder a ellos a través del
Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.
En Camas, a 26 de marzo de 2024.- La Dirección General de la Agencia Pública Andaluza
de Educación, Manuel Cortés Romero.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00299422

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes, en función de si el alumno o alumna continúa
en el centro o va a acceder al mismo, será el siguiente:
Para el alumnado ya escolarizado en el centro: 10 días hábiles desde la publicación
de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Para el alumnado de nuevo ingreso: Del 1 al 30 de abril, ambos inclusive.