3. Otras disposiciones. . (2024/61-36)
Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público prestado por la empresa Hidralia, Gestión Integral de Aguas de Andalucía, S.A., que realiza los servicios municipales de abastecimiento de agua de consumo humano y saneamiento de aguas residuales en el municipio de Marbella y la localidad de San Pedro de Alcántara, mediante el establecimiento de los servicios mínimos.
4 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 61 - Miércoles, 27 de marzo de 2024

página 42393/3

Alcántara, Servicio municipal de aguas de Marbella (casco San Pedro y Nueva Andalucía),
que se concreta, entre otras actividades, en el abastecimiento de agua potable, limpieza
de redes de saneamiento, control de fugas de agua potable en la red y, en general, tareas
de ejecución, reparación y mantenimiento de las instalaciones y de la red de distribución,
incluyendo la obra civil necesaria para realizar dichos trabajos (apertura de zanjas,
reposición de arenas y zahorras, reposición de baldosas, etc.). Estas actividades inciden
de forma inmediata en el derecho a la salud e integridad física, el derecho a disfrutar
de los recursos naturales y el derecho a una vivienda digna, recogidos como derechos
fundamentales en los artículos 15, 43, 45 y 47 de la Constitución Española.
Segunda. La población afectada que asciende a 156.295 habitantes de derecho
(según el Instituto Nacional de Estadística). Esta población se incrementa de manera
considerable en período vacacional, en particular durante la Semana Santa la población
casi se duplica y asciende a 287.857 habitantes de hecho, según los datos facilitados
por la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental y el Ayuntamiento de
Marbella.
Tercera. El abastecimiento de agua potable es un servicio esencial para la población,
de tal manera que una huelga en este servicio alcanza una trascendencia que debe
ser tenida en cuenta a la hora de regular servicios mínimos. Más aún si la huelga se
desarrolla durante fechas muy señaladas, en periodo vacacional, como es la Semana
Santa, y en municipios turísticos tan señalados de la Costa del Sol occidental de la
provincia de Málaga, como es Marbella. A estas circunstancias hay que añadir el carácter
indefinido de la huelga para todos los lunes a partir del 1 de abril de 2024.
Por estos motivos, entendiendo que con ello se garantiza el adecuado equilibrio entre
los derechos de los ciudadanos y el derecho de los trabajadores a realizar el efectivo
ejercicio de la huelga, el contenido de la mencionada propuesta es el que consta en
el anexo, regulación que se establece de conformidad con lo que disponen las normas
aplicables: artículo 28.2 de la Constitución; artículo 63.1.5.º del Estatuto de Autonomía
para Andalucía; artículo 10, párrafo 2.º, del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo;
Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios
de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo; Decreto
del Presidente 10/2022, de 25 de julio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración
de Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto; del
Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la
Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, y del Decreto 300/2022, de 30 de
agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se
regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía,

Primero. Establecer los servicios mínimos, que figuran en el anexo de esta resolución,
para regular la situación de huelga convocada en la empresa Hidralia, Gestión Integral de
Aguas de Andalucía, S.A., que realiza los servicios municipales de abastecimiento de
agua de consumo humano y saneamiento de aguas residuales en el término municipal de
Marbella y la localidad de San Pedro de Alcántara (Málaga) y que se llevará a efecto los
días 25, 26 y 27 de marzo de 2024, desde las 00.00h hasta las 23.00 horas e indefinida
todos los lunes a partir del 1 de abril desde las 00.00h hasta las 23.00 horas (inclusive).
La huelga afecta a la totalidad de la plantilla de la empresa en sus centros de trabajo de
Marbella y San Pedro de Alcántara.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00299290

RESU ELVO