5. Anuncios. . (2024/61-55)
Anuncio de 21 de marzo de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Málaga, por el que se publica resolución por la que se otorga autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción al proyecto de la subestación eléctrica, sita en el término municipal de Cañete la Real (Málaga).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 61 - Miércoles, 27 de marzo de 2024

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el presupuesto de la instalación. Se refiere el citado artículo al presupuesto técnico
de ejecución de las instalaciones, que es el ámbito al que se refiere la autorización
administrativa previa.
Novena. Respecto a la compatibilidad urbanística.
Consta en el expediente un informe del Servicio de Arquitectura-Urbanismo e
Información Territorial de la Delegación de Fomento e Infraestructuras de la Diputación
de Málaga de fecha 6.5.2021, en el que se concluye que: «Las actuaciones analizadas no
son incompatibles con el régimen jurídico de los suelos en los que se pretende implantar
a excepción de las propuestas que afectan al suelo no urbanizable de especial protección
en los términos expuestos en el cuerpo del presente informe. Para su implantación se
requerirá la obtención de la autorización de los organismos competentes en materia de
agua, carreteras, vías pecuarias y patrimonio.»
Décima. Respecto a la falta de claridad de la documentación sometida al trámite de
información pública.
En relación a la alegación en la que se manifiesta que la organización de la
documentación publicada no facilita la comprensión del alcance de los proyectos ni
contribuye a la participación pública en el procedimiento de evaluación ambiental, indicar
que a la hora de ordenar la documentación se optó por un criterio temporal, el cual
permite conocer la totalidad de la documentación presentada.
Undécima. Inadecuación del Proyecto al Plan de Ordenación del Territorio de la
Aglomeración Urbana de Málaga (POTAUM).
El ámbito del POTAUM comprende los términos municipales de Málaga, Torremolinos,
Benalmádena, Alhaurín de la Torre, Alhaurín el Grande, Cártama, Almogía, Casabermeja,
Totalán, Rincón de la Victoria, Pizarra, Coín y Álora. Por lo tanto, no es de aplicación para
las instalaciones objeto del expediente, ya que se encuentran en el término municipal de
Cañete la Real.
Duodécima. Alegación en relación con el proceso de información pública.
Respecto a los plazos de exposición pública, el trámite se ha realizado de conformidad
con el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y artículo 32
del Decreto 356/2010, de 3 de agosto. En el citado artículo 125 se especifica que las
solicitudes formuladas conforme al artículo 122 se someterán al trámite de información
pública durante el plazo de treinta días. En el artículo 32 el Decreto 356/2010, de 3 de
agosto se dispone que el trámite de información pública y el de consultas se cumplimenten
por el órgano sustantivo dentro del procedimiento para el otorgamiento de la autorización
que la normativa sectorial exija en cada caso.
En relación a que el plazo de exposición pública ha coincidido en parte con el periodo
navideño, indicar que en el cómputo de plazos se ha estado a lo dispuesto en el artículo 30
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, que establece que: «Siempre que por ley o en el derecho de
la Unión Europea no se exprese otro cómputo, cuando los plazos se señalen por días, se
entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y
los declarados festivos».

00299235

Málaga, 21 de marzo de 2024.- El Delegado, Carlos García Giménez.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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