5. Anuncios. . (2024/61-54)
Anuncio de 12 de febrero de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Huelva, sobre autorización del proyecto constructivo de la planta que se cita, en el término municipal de Minas de Riotinto (Huelva). (PP. 8222/2024).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 61 - Miércoles, 27 de marzo de 2024

página 42067/3

Décimo. Con fecha 13 de diciembre de 2023, la Delegación Territorial de Economía,
Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Huelva, eleva a esta
Dirección General propuesta favorable a la aprobación del proyecto constructivo y el plan
de restauración del «Proyecto constructivo de la planta ELIX».
Décimo primero. Con fecha 14 de diciembre de 2023, se emite informe por el
Consejero Técnico de la Dirección General de Minas, a los efectos del artículo 112 de la
Ley 21/1973, de 21 de julio de Minas y del artículo 138.3 del Reglamento General para el
Régimen de la Minería, aprobado mediante el Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto,
considerando al proyecto como adecuado a la preparación, concentración o beneficio de
minerales y a la protección del medio ambiente.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Dirección General de Minas es competente para dictar la presente
resolución de conformidad con lo establecido en el artículo 69 de la Ley 22/1973, de 21
de julio, de Minas, y el artículo 90 del Reglamento General para el Régimen de la Minería,
aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto; y el artículo 5 del Real Decreto
975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de la industria extractiva y de
protección y rehabilitación del espacio afectado por la actividad minera; ello, en relación
con los Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril, y 4164/1982, de 29 de diciembre, por
los que se traspasan funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta
de Andalucía en materia de industria, energía y minas; con el dispongo uno del Decreto
del Presidente 4/2023, de 11 abril, por el que se modifica el artículo 13 del Decreto
del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, con el
dispongo dos del Decreto 116/2023, de 23 de mayo, por el que se modifica el artículo 8.1
del Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de
la Consejería de Política Industrial y Energía, actual Consejería de Industria, Energía y
Minas, así como por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el
Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114.2 de la Ley 22/1973,
de Minas, de 21 de julio, y en el artículo 140.2 del Real Decreto 2857/1978, de 25 de
agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería,
el expediente se ha instruido por la Delegación Territorial competente en materia de
minería en la provincia de Huelva, correspondiendo a esta Dirección General de Minas la
resolución del mismo como establecimiento de beneficio.
Tercero. Son de aplicación el artículo 112 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas y
el artículo 138 del Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado mediante
el Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General
para el Régimen de la Minería.

Quinto. Es de aplicación el capítulo XI, «Establecimientos de beneficio de
minerales», del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, aprobado
mediante el Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, así como las Instrucciones Técnicas
Complementarias que lo desarrollan.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Cuarto. Es de aplicación el artículo 140, apartado 4, del Reglamento General para
el Régimen de la Minería, por el que le corresponde a la Dirección General de Minas
ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.