3. Otras disposiciones. . (2024/60-40)
Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Dirección General de Movilidad y Transportes, por la que se modifica el Anexo VIII de la Resolución de 31 de enero de 2023, por la que se delegan en los Consorcios de Transporte Metropolitano de Andalucía competencias en materia de gestión, control y explotación de determinados servicios de transporte por carretera.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
5 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 60 - Martes, 26 de marzo de 2024

página 42326/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA

Mediante Resolución de 31 de enero de 2023, de la Dirección General de Movilidad y
Transportes, se delegan en los Consorcios de Transporte Metropolitano de Andalucía las
competencias de gestión, control y explotación de los servicios de transporte por carretera
relativas a los contratos de gestión de servicio público de transporte regular de viajeros
de uso general por carretera que se encuentran incluidos dentro del ámbito territorial de
cada Consorcio, así como las relativas a los servicios, rutas y líneas que se encuentren
incluidos y/o tengan tráficos significativos en el ámbito territorial de cada Consorcio, aunque
pertenezcan a contratos de gestión de servicio público de transporte regular de viajeros de
uso general por carretera que excedan de su ámbito territorial.
En el resuelve tercero del citado acto administrativo se señala que los contratos,
rutas y servicios parciales o totales objeto de esa delegación son los enumerados
en los anexos que a ella se incorporan y podrán modificarse, de oficio o a instancias
de los Consorcios de Transporte Metropolitano, mediante nueva resolución de esta
Dirección General.
Por otra parte, el artículo 25.3 de la Ley 2/2003, de 12 de mayo, de Ordenación
de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía, establece que
podrán integrarse en el Consorcio todas las corporaciones locales incluidas en el ámbito
metropolitano delimitado.
Para la efectiva integración de nuevos municipios en el Consorcio, además de la
adopción de los pertinentes acuerdos contemplados en sus Estatutos, es necesario que
la integración se realice al amparo de un Plan de Transporte Metropolitano que defina y
delimite el ámbito mediante un criterio técnico.
Con la aprobación definitiva del vigente Plan de Transporte Metropolitano del Área
de Málaga. Plan de Movilidad Sostenible, mediante acuerdo del Consejo de Gobierno
de la Junta de Andalucía, de 3 de octubre de 2023 (BOJA núm. 202, de 20 de octubre
de 2023), se fija como criterio técnico para la inclusión de municipios en el ámbito del
consorcio el encontrarse dentro de la isócrona de una hora desde la ciudad principal y se
enumeran los municipios que la forman.
Los Ayuntamientos de Álora, Fuengirola, Coín, Villanueva de la Concepción,
Riogordo, Antequera y Valle de Abdalajís, han mostrado en los últimos años su interés en
incorporarse al Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Málaga mediante los
correspondientes acuerdos de sus Plenos Municipales.
Una vez finalizada la tramitación en el seno del Consorcio de Transporte Metropolitano
del Área de Málaga de la ampliación del ámbito territorial del Consorcio para dar cobertura
a los 7 municipios arriba citados, se hace necesario modificar el anexo donde figuran
los contratos, rutas y servicios parciales o totales respecto de los que esta Dirección
General ha delegado competencias de gestión, control y explotación de los servicios de
transporte por carretera.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00299199

Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Dirección General de Movilidad y
Transportes, por la que se modifica el Anexo VIII de la Resolución de 31 de enero
de 2023, por la que se delegan en los Consorcios de Transporte Metropolitano
de Andalucía competencias en materia de gestión, control y explotación de
determinados servicios de transporte por carretera.