3. Otras disposiciones. . (2024/60-36)
Resolución de 20 de marzo de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público que presta la empresa UTE Grúas Sevilla mediante el establecimiento de servicios mínimos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 60 - Martes, 26 de marzo de 2024

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servicios en supuestos de urgencia, como pueden ser los de extinción de incendios y los
servicios de policía, entre otros. Según la información aportada el servicio ordinario de
grúas es de 6 grúas en turno de mañana, 6 en turno de tarde y 3 en turno de noche.
Tercera. Los precedentes administrativos, como la Resolución de 13 de diciembre de
2023, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral (BOJA núm. 240,
de 18 de diciembre) y la Resolución de 21 de febrero de 2024 de la Dirección General
de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral (BOJA núm. 41, de 27 de febrero), por las que se
regula el servicio público que presta la empresa UTE Grúas Sevilla, cuyo contenido se ha
valorado teniendo en cuenta que en el presente caso la huelga afecta a la semana de la
Feria en Sevilla y la posibilidad de que se produzcan más incidencias.
Por estos motivos, entendiendo que con ello se garantiza el adecuado equilibrio entre
los derechos de los ciudadanos y el derecho de los trabajadores a realizar el efectivo
ejercicio de la huelga, el contenido de la mencionada propuesta es el que consta en
el anexo de esta resolución, regulación que se establece de conformidad con lo que
disponen las normas aplicables: artículo 28.2 de la Constitución; artículo 63.1.5.º del
Estatuto de Autonomía para Andalucía; artículo 10, párrafo 2.º, del Real Decreto-ley
17/1977, de 4 de marzo; Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de
funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia
de trabajo; Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, de la Vicepresidencia y sobre
reestructuración de Consejerías, modificado por el Decreto del Presidente 13/2022, de 8
de agosto; Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica
de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, y Decreto 300/2022, de 30
de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se
regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía,
RESU ELVO
Primero. Establecer los servicios mínimos, que figuran en el anexo de esta resolución,
para regular la situación de huelga que afecta al personal de la empresa UTE Grúas
Sevilla. El ejercicio del derecho de huelga se efectuará mediante paros parciales en los
siguientes horarios:
Días 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 30 de marzo de 2024:
1.er Turno 23:00 horas a 1:00 horas y de 1:30 horas a 3:30 horas.
2.º Turno 09:30 horas a 11:30 horas y de 12:30 horas a 14:30 horas.
3.er Turno 15:00 horas a 17:00 horas y de 18:00 horas a 20:00 horas.
Días 1, 3, 5, 8, 10 y 12 de abril de 2024:
1.er Turno 00:00 horas a 2:00 horas.
2.º Turno 8:30 horas a 10:30 horas.
3.er Turno 18:30 horas a 20:00 horas.
Días 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 20 de abril de 2024:
1.er Turno 23:00 horas a 1:00 horas y de 1:30 horas a 3:30 horas.
2.º Turno 8:30 horas a 10:00 horas y de 12:00 horas a 14:00 horas.
3.er Turno 18:00 horas a 20:00 horas y de 21:00 horas a 23:00 horas.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Días 22, 23, 24, 25, 26 y 29 de abril de 2024:
1.er Turno 00:00 horas a 2:00 horas.
2.º Turno 8:30 horas a 10:30 horas.
3.er Turno 18:30 horas a 20:00 horas.
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