5. Anuncios. . (2024/59-54)
Acuerdo de 23 de enero de 2024, de la Diputación Provincial de Córdoba, sobre ampliación de delegación de competencias Ayuntamiento de Encinas Reales. (PP. 8182/2024).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 59 - Lunes, 25 de marzo de 2024

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4. El ejercicio de las facultades delegadas habrá de ajustarse a los procedimientos,
trámites y medidas en general, jurídicas o técnicas fijadas en la legislación vigente y
la Ordenanza General de Gestión, Inspección y Recaudación de Ingresos de Derecho
Público de la Diputación de Córdoba.
5. De conformidad con las normas internas de distribución de competencias de
la Diputación Provincial, las facultades delegadas serán ejercidas por el Instituto de
Cooperación con la Hacienda Local, Organismo dependiente de la misma.
6. Para el ejercicio de las funciones delegadas por parte de la administración
provincial, se acuerda la correspondiente cesión de datos personales conforme a lo
previsto en la legislación vigente, debiendo contemplarse dicha cesión en el registro de
la actividad de tratamiento del Ayuntamiento. El I.C. Hacienda Local será responsable
de los tratamientos que pueda llevar a cabo sobre los datos personales cedidos para el
ejercicio de las funciones delegadas.
Segundo. Las relaciones entre el ente delegante y delegado, derivadas del ejercicio
de las competencias objeto de delegación, se regirán por las normas establecidas en
la Ordenanza General de Gestión, Inspección y Recaudación de Ingresos de Derecho
Público de la Diputación Provincial de Córdoba.
Tercero. Publicar la referida delegación de competencias en los Boletines Oficiales de
la Provincia y de la Junta de Andalucía, para general conocimiento.
En armonía con lo dictaminado por la Comisión Informativa de Economía y Hacienda,
el Pleno, en votación ordinaria y con el voto afirmativo de los/as 27 Sres./as Diputados/as
que constituyen número superior al de la mayoría absoluta de su número legal de
miembros de la Corporación, acuerda aprobar la propuesta transcrita y, por tanto, los tres
acuerdos que en la misma se someten a su consideración.»
Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Real
Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora
de las Haciendas

00298353

Córdoba, 23 de enero de 2024.- El Presidente de la Diputación, Salvador Fuentes Lopera.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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