3. Otras disposiciones. . (2024/58-33)
Resolución de 19 de mayo de 2023, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de autotaxis del municipio de Chiclana de la Frontera (Cádiz). (PP. 1974/2023).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 58 - Viernes, 22 de marzo de 2024

página 9184/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Resolución de 19 de mayo de 2023, de la Dirección General de Tributos,
Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego,
por la que se autorizan las tarifas de autotaxis del municipio de Chiclana de la
Frontera (Cádiz). (PP. 1974/2023).
De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto
en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan
los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en
Andalucía, en relación con el artículo 13.3.e) del Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por el
que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos
Europeos,
RESU ELVO
Primero. Autorizar las tarifas de autotaxis del municipio de Chiclana de la Frontera
(Cádiz) que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía.
TARIFAS AUTORIZADAS
IVA INCLUIDO
CONCEPTO
Bajada de bandera
Km recorrido
Hora de espera
Carrera mínima

TARIFA 1
2,40 euros
1,08 euros
18,81 euros
3,99 euros

TARIFA 2
2,87 euros
1,32 euros
22,57 euros
4,79 euros

TARIFA 3
3,42 euros
1,60 euros
27,07 euros
5,74 euros

La Tarifa 1 será aplicada los días laborables desde las 06:00 horas a las 22:00 horas.
La Tarifa 2 será aplicada en los siguientes supuestos:
- Días laborables desde las 22:00 a las 06:00 horas.
- Sábados, domingos y festivos, las 24 horas.
- 5 de enero, Lunes, Martes y Miércoles Santo, Feria de San Antonio (días laborables),
24 y 31 de diciembre, desde las 14:00 a las 22:00 horas.
La Tarifa 3 será aplicada en los siguientes supuestos:
- 1 de enero las 24 horas.
- Jueves y Viernes Santo las 24 horas.
- Feria de San Antonio, laborables de 22:00 a 07:00 horas. Sábados, domingos y
festivos las 24 horas.
- 25 de diciembre las 24 horas.
La prestación del servicio se realizará según se dispone en el Título V de la
Ordenanza Municipal reguladora del servicio de Taxi en Chiclana de la Frontera, que,
entre otras cuestiones, establece que el taxímetro se pondrá en funcionamiento en toda
circunstancia una vez el usuario haya accedido al vehículo e indicado su destino. Con la
excepción recogida en el artículo 58 de la Ordenanza Municipal vigente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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