3. Otras disposiciones. . (2024/58-34)
Resolución de 11 de abril de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Almería, de autorización administrativa previa y de construcción del proyecto que se cita. (PP. 2630/2023).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 58 - Viernes, 22 de marzo de 2024

página 13493/2

Con fecha 31.5.2021 se recibe informe donde se indica que cualquier solicitud de
conformidad u oposición a la autorización de la correspondiente infraestructura energética
deberá ser dirigida al municipio en cuyo término municipal se pretenda implantar la
actuación, mediante solicitud del pertinente informe de compatibilidad urbanística, a partir
del 13 de marzo de 2020 (fecha de la entrada en vigor del Decreto-ley 2/2020, de 9
de marzo, de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad
productiva de Andalucía).
Sexto. Con fecha 23.8.2021 FV La Cañada de Tabernas, S.L. presenta modificación
al Proyecto Técnico de Baja Tensión de la Planta Solar Fotovoltaica por reajuste del
diseño de la planta debido a solapamiento con instalación solar fotovoltaica PERE 1654.
Dicha documentación fue remitida a la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible
con fecha 30.8.2021.
Séptimo. Con fecha 5.10.2021 se recibe del Ayuntamiento de Gádor informe de
compatibilidad urbanística de la planta fotovoltaica indicando que la actuación es
compatible con la ordenación territorial y urbanística de aplicación.
Octavo. Con fecha 21.6.2022, se recibe Informe Ambiental Vinculante de 21.6.2022
de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en
Almería, en el cual, se resuelve informar favorablemente supeditado al cumplimiento
de las condiciones recogidas en el proyecto, el Estudio de Impacto Ambiental y resto
de la documentación técnica presentada por el promotor, así como las establecidas
adicionalmente en los anexos cuyo contenido íntegro se puede consultar en la siguiente
dirección web:
http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/initAoVAauoSearch.do
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo. De acuerdo con lo establecido en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25
de julio, sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por
el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía,
y en el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización
territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, la competencia para la
tramitación y/o resolución de los procedimientos en materia de energía de las instalaciones
de producción de energía eléctrica, incluyendo sus infraestructuras de evacuación, de
potencia eléctrica instalada igual o menor a 50 MW eléctricos de competencia autonómica
y cuando se ubiquen o cuyo trazado discurra íntegramente por el territorio de una
provincia se encuentra atribuida en la Delegación Territorial de la provincia respectiva,
según el apartado segundo de la Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00288511

Primero. Las competencias autonómicas en materia de energía se encuentran
establecidas en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por
la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.
De acuerdo con la distribución de competencias vigente, las instalaciones energéticas
que son competencia de esta Comunidad Autónoma de Andalucía son aquellas
instalaciones de producción de energía eléctrica, incluyendo sus infraestructuras de
evacuación, de potencia eléctrica instalada igual o inferior a 50 MW y las instalaciones de
transporte secundario, distribución y acometidas de tensión inferior a 380 kV, así como las
líneas directas conectadas a instalaciones de generación de competencia autonómica,
siempre y cuando todas ellas se ubiquen o su trazado discurra por territorio andaluz y su
aprovechamiento no afecte a otro territorio.