Disposiciones generales. . (2024/58-1)
Decreto 76/2024, de 19 de marzo, por el que se aprueban los planes de emergencia exterior ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas correspondientes a: Deretil, S.A., en Cuevas de Almanzora (Almería); Geocycle, S.A.U., en Albox (Almería); CLH, S.A., en Málaga; Solnova, S.A., en Sanlúcar la Mayor (Sevilla); Solucia, S.A., en Lebrija (Sevilla), y Helioenergy, S.A., en Écija (Sevilla).
349 páginas totales
Página
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 58 - Viernes, 22 de marzo de 2024
página 42201/96
6.6. GRUPOS OPERATIVOS.
Son aquellas unidades de acción a través de las cuales se organiza la intervención y acción efectiva en
situaciones de emergencia. Estos dispositivos constituyen un conjunto de medios humanos y materiales
llamados a intervenir en la emergencia, con unas responsabilidades y actuaciones claramente definidas
para cada uno de ellos. Se definen los siguientes:
•
Grupo de Intervención.
•
Grupo Técnico de Seguimiento y Control.
•
Grupo Sanitario.
•
Grupo de Seguridad.
•
Grupo de Apoyo Logístico.
6.6.1. Grupo de Intervención.
Este grupo ejecuta las medidas para evitar, mitigar, reducir y/o controlar los efectos que produzca el
accidente (fugas, incendios, derrames, etc..) sobre la población, los bienes y el medio ambiente.
Personal integrante.
•
Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamentos.
•
Equipos de emergencia y extinción de incendios del establecimiento afectado.
Funciones.
•
Reconocimiento y evaluación de las zonas afectadas.
•
Controlar, reducir o neutralizar los efectos del accidente.
•
Búsqueda, rescate y salvamento de personas.
•
Reparación de urgencia de daños ocasionados.
6.6.2. Grupo Técnico de Seguimiento y Control.
El Grupo Técnico de Seguimiento y Control tiene como misión principal determinar y supervisar las medidas
y procedimientos técnicos que deben ser aplicados para hacer frente tanto a los riesgos previsibles como a
Página 29
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00299051
los daños producidos por la emergencia. Así como la identificación y evaluación de daños.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 58 - Viernes, 22 de marzo de 2024
página 42201/96
6.6. GRUPOS OPERATIVOS.
Son aquellas unidades de acción a través de las cuales se organiza la intervención y acción efectiva en
situaciones de emergencia. Estos dispositivos constituyen un conjunto de medios humanos y materiales
llamados a intervenir en la emergencia, con unas responsabilidades y actuaciones claramente definidas
para cada uno de ellos. Se definen los siguientes:
•
Grupo de Intervención.
•
Grupo Técnico de Seguimiento y Control.
•
Grupo Sanitario.
•
Grupo de Seguridad.
•
Grupo de Apoyo Logístico.
6.6.1. Grupo de Intervención.
Este grupo ejecuta las medidas para evitar, mitigar, reducir y/o controlar los efectos que produzca el
accidente (fugas, incendios, derrames, etc..) sobre la población, los bienes y el medio ambiente.
Personal integrante.
•
Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamentos.
•
Equipos de emergencia y extinción de incendios del establecimiento afectado.
Funciones.
•
Reconocimiento y evaluación de las zonas afectadas.
•
Controlar, reducir o neutralizar los efectos del accidente.
•
Búsqueda, rescate y salvamento de personas.
•
Reparación de urgencia de daños ocasionados.
6.6.2. Grupo Técnico de Seguimiento y Control.
El Grupo Técnico de Seguimiento y Control tiene como misión principal determinar y supervisar las medidas
y procedimientos técnicos que deben ser aplicados para hacer frente tanto a los riesgos previsibles como a
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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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los daños producidos por la emergencia. Así como la identificación y evaluación de daños.