Disposiciones generales. . (2024/58-1)
Decreto 76/2024, de 19 de marzo, por el que se aprueban los planes de emergencia exterior ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas correspondientes a: Deretil, S.A., en Cuevas de Almanzora (Almería); Geocycle, S.A.U., en Albox (Almería); CLH, S.A., en Málaga; Solnova, S.A., en Sanlúcar la Mayor (Sevilla); Solucia, S.A., en Lebrija (Sevilla), y Helioenergy, S.A., en Écija (Sevilla).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 58 - Viernes, 22 de marzo de 2024

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En aquellos accidentes no categorizados inicialmente en la notificación del establecimiento, pero que
hayan producido o puedan producir daños graves, se procederá de manera similar en lo que respecta a la
movilización inmediata de efectivos adscritos al Grupo de Seguridad.
Grupo de Apoyo Logístico.
Una vez recibida la notificación de la activación del PEE, por parte del CECOP, la Jefatura del Grupo
procederá a la alerta y notificación de las personas componentes del Grupo que estime oportunos,
incorporándose al CECOP los que así decida.
En el CECOP, y con la ayuda del catálogo de medios y recursos del PEE, se gestionará el suministro de
medios necesarios para el control del accidente.
Asimismo, se realizarán actuaciones dirigidas al restablecimiento de servicios básicos, adecuación de
alojamientos y otros aspectos asignados.
La actuación de este Grupo se realiza según lo previsto en los Procedimientos de Actuación y Medidas de
Protección y los criterios de la Dirección del Plan, de acuerdo a la evolución del accidente.
La Jefatura del PMA, directamente o en su caso a través del Comité de Operaciones, trasladará a la Dirección
del Plan, la información sobre el desarrollo del suceso, las medidas adoptadas y necesidades.

8.5. SEGUIMIENTO DEL DESARROLLO DEL SUCESO. FIN DE LA EMERGENCIA.
La Jefatura del PMA, directamente o en su caso a través del Comité de Operaciones, trasladará a la Dirección
del Plan, la información sobre el desarrollo del suceso, las medidas adoptadas y necesidades.
La Dirección del Plan podrá contar también con el asesoramiento de personal experto e instituciones,
ajenas a este PEE, que se consideren necesarios para la resolución de la situación.
También asesorarán a la Dirección del PEE sobre la conveniencia de decretar el fin de la situación de
emergencia y la correspondiente desactivación del PEE.
La declaración del fin de la emergencia no impide sin embargo, que si es necesario continúe la vigilancia
preventiva en el lugar o zona afectada por el suceso y se sigan realizando las tareas reparadoras y de
rehabilitación.

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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00299051

Una vez finalizada la emergencia, en el plazo máximo de tres meses, la Jefatura de cada Grupo elaborará un
informe sobre la notificación del accidente y desarrollo de las acciones de su respectivo Grupo, para su
análisis por la Dirección del Plan.